Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 12/6/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6639 - 12/06/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 536

Que el artículo 11 de la Ley N 1.777, en consonancia con lo dispuesto por el artículo 128 de la Constitución de la Ciudad, establece dentro de las ya mencionadas competencias concurrentes de las Comunas y del Poder Ejecutivo c. La fiscalización y el ejercicio del poder de policía, de las normas sobre usos de los espacios públicos, suelo
Que a dichos fines, mediante Decreto N 453-AJG/12 se delegó en las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el ejercicio del poder de policía respecto de las normas sobre usos de los espacios públicos dentro de su jurisdicción, que en forma concurrente ejercerán con el Poder Ejecutivo;
Que por la Ley de Ministerios N 6.292 y su complementario Decreto N 463-AJG/19
se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose dentro de las responsabilidades primarias de ésta Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal participar en la definición de las políticas de uso y ocupación del espacio público en el ámbito de la Ciudad así como entender en los planes y políticas para la administración y control de permisos de uso en espacio público en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -con excepción a la aplicación de la Ley N 2.936, mobiliario urbano, ferias y eventos masivos-;
Que según precitado Decreto Nº 463-AJG/19 y sus modificatorios la Dirección General de Competencias Comunales y Talleres dependiente de la Subsecretaría de Gestión Comunal a cargo de esta Secretaría, tiene dentro de sus responsabilidades la de elaborar periódicamente informes sobre el otorgamiento, modificación, revocación y/o cualquier aspecto inherente a los permisos de uso del espacio público como las actividades reguladas por el código de habilitaciones y verificaciones y remitirlos al área de gobierno pertinente, para la planificación de las tareas de supervisión, fiscalización y control;
Que por Decreto Nº 277/AJG/22 se modificó la estructura organizativa de la Secretaría de Asuntos Estratégicos y de la Jefatura de Gabinete de Ministros transfiriendo la dependencia de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, con todo su personal, patrimonio, presupuesto y responsabilidades primarias a la Secretaría de Asuntos Estratégicos, contemplando a la Subsecretaría de Gestión Comunal bajo la órbita de la de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, como así también a las Comunas;
Que finalmente por Decreto N 465/22 se modificó a partir del 1 de enero de 2023 la estructura organizativa de la Secretaría de Asuntos Estratégicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se creó la Unidad de Proyección Federal y Desarrollo Territorial, transfiriendo la dependencia de la Secretaría de Asuntos Estratégicos, a dicha Unidad. Consecuentemente, se modificó la dependencia funcional de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, de las Subsecretarías y Direcciones Generales que le dependen, de la órbita de la Secretaría de Asuntos Estratégicos a la Unidad de Proyección Federal y Desarrollo Territorial;
Que dentro de las atribuciones de la Junta Comunal como órgano de gobierno, se contempla la de emitir resoluciones y declaraciones en el marco de sus competencias;

BO-2023-6639-GCABA-DGCLCON

Página 536 de 754

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 12/6/2023

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha12/06/2023

Nro. de páginas755

Nro. de ediciones5622

Primera edición06/08/1996

Ultima edición05/07/2024

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