Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/5/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6611 - 02/05/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 166

Que, las medidas a aplicarse sobre las personas individualizadas, son de carácter preventivo, contemplando la Ley N 5.847 que para su dictado basta la existencia de razonables pautas objetivas, que hagan presumir que puedan alterar el orden en el marco de un evento futbolístico, extremo que se verifica en el caso;
Que, en función de lo expuesto, dados los antecedentes obrantes en los actuados y las intervenciones de las áreas con competencia en la materia, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
Por ello, en uso de las facultades conferidas en la Ley N 5847, y los Decretos Nros.
178/19 y 32/23, EL SUBSECRETARIO
DE SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO
RESUELVE:
Artículo 1.- Aplicar el impedimento de acceso y/o permanencia a los estadios deportivos en los cuales se desarrollen eventos futbolísticos comprendidos en el Artículo 2 de la Ley N 5.847 texto consolidado según Ley N 6.588, y/o a los perímetros de seguridad de los mismos por un plazo de SEIS 6 MESES a: Ezequiel Hernán TRICOLI D.N.I. N: 41.557.059; DOCE 12 MESES, a: Damián Agustín NIERO D.N.I. N: 43.001.117; Alejandro Gabriel JIMENEZ CABRERA D.N.I. N:
45.012.668; Fernando Joel ZARAGOZA CABRERA D.N.I. N: 42.373.624; Ronald Emilio GODOY D.N.I. N: 42.250.748; Tomas Emanuel CALVI D.N.I. N:
32.822.659; Ramón Rubén GOITEA D.N.I. N: 31.046.414; Maximiliano Sergio VITA
SANCHEZ D.N.I. N: 37.339.604; Gloria Elizabeth SANCHEZ D.N.I. N:
22.591.885.Artículo 2º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Artículo 3.- Notifíquese a los interesados, al Club Atlético Vélez Sarsfield a los fines de ejercer el derecho del artículo 10 in fine de la Ley N 5.847 texto consolidado según Ley N 6.588 y a la Asociación del Fútbol Argentino.Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Jefatura de la Policía de la Ciudad, al Comité de Seguridad en el Fútbol de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Dirección Nacional de Seguridad en Espectáculos Deportivos. Cumplido, archívese. Piñeiro
RESOLUCIÓN N.º 78/SSSCOP/23
Buenos Aires, 25 de abril de 2023
VISTO: La Ley N 5.847 texto consolidado según Ley N 6.588, los Decretos Nros.
178/19 y 32/23, el Expediente N EX-2023-14083549-GCABA-CSFCABA y CONSIDERANDO:

BO-2023-6611-GCABA-DGCLCON

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/5/2023

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha02/05/2023

Nro. de páginas726

Nro. de ediciones5622

Primera edición06/08/1996

Ultima edición05/07/2024

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