Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 29/3/2023

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6590 - 29/03/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 540

Juan I. Nigrelli Subdirector General Inicia: 28-3-2023

Vence: 30-3-2023

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución N 670-GCABA-DGR/23
Expediente Electrónico N 25.948.898-MGEyA-DGR/2018
La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente TRANSPORTE GALEÓN S.A. y a su responsable solidario señor Juan Manuel Castelao, DNI N.º 26.836.745, los términos de la Resolución N 670-GCABA-DGR-2023, de fecha 22 de marzo de 2023, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TECNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCION GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1º.- Impugnar las Declaraciones Juradas presentadas por la contribuyente TRANSPORTE GALEÓN S.A., inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos en el Régimen de Convenio Multilateral bajo el Nº 901-474301-3, CUIT N 30-713952806, con domicilio fiscal en la calle Tucumán N 994, Piso 7, Comuna N 1, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya actividad sujeta a tributo consiste en "Transporte automotor de cargas n.c.p en relación a los períodos fiscales 2017 1 a 12º anticipos mensuales y 2018 1 a 12 anticipos mensuales, en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial, la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente por el período fiscal 2017 1 a 12 anticipos mensuales y 2018 1 a 12 anticipos mensuales, en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3º.- Establecer que por los ingresos determinados provenientes de la actividad de "Transporte automotor de cargas n.c.p", a la contribuyente le corresponde tributar respecto del período fiscal 2017 1 a 12 anticipos mensuales a la alícuota del 3%, conforme lo establecido en el artículo 53 inciso 4 de la Ley Tarifaria para el año 2017, y en el período fiscal 2018 1 a 12 anticipos mensuales a la alícuota del 4%, por superar los ingresos anuales en el ejercicio fiscal anterior la suma de $55.000.000, de acuerdo a los establecido en el artículo 48 inciso 4 de la Ley Tarifaria para el año 2018.

BO-2023-6590-GCABA-DGCLCON

Página 540 de 566

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 29/3/2023

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha29/03/2023

Nro. de páginas567

Nro. de ediciones5622

Primera edición06/08/1996

Ultima edición05/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2023>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031