Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 9/3/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6577 - 09/03/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 310

Que bajo dicho contexto, la inobservancia del deber de atender a la conservación de las partes comunes del edificio que se administra, importa un incumplimiento de las obligaciones que la normativa impone a los administradores y que resulta insoslayable para el adecuado ejercicio de la administración, lo que constituye un hecho grave que significa un perjuicio actual o potencial para los copropietarios del consorcio administrado. Lo expuesto se evidencia, en el caso concreto, en la falta de medidas de higiene del edificio administrado;
Que acorde reza el artículo 16 de la Ley 941, el monto de la sanción puede fijarse entre trescientas 300 unidades fijas y veinte mil 20.000 unidades fijas conforme lo determine anualmente la Ley Tarifaria;
Que la Ley 6594 Presupuesto de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha fijado el valor de dicha unidad en PESOS
SESENTA Y CINCO CON 95/100 $65,95;
Que finalmente, hay que tener en consideración que la infractora no es reincidente;
Que en base a lo expuesto, se deberá aplicar sanción de multa por el equivalente a ochocientas 800 unidades fijas, ascendiendo la misma a la suma de PESOS
CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA $ 52.760;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales tomó la intervención que le compete.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 941, LA DIRECTORA GENERAL
DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR
DISPONE
Artículo 1º.- Sancionar a E-FURIO S.R.LArtículo 2.- La multa deberá abonarse mediante depósito en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en la cuenta N 210.196/1, Registro Público de Administradores de Consorcios Ley 941, dentro de los diez 10 días hábiles de notificada la presente, debiendo acreditarse dicho pago en esta causa con el comprobante de depósito original, dentro del plazo precedentemente establecido.
Artículo 3º.- Para su notificación y demás efectos, pasen los actuados a la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales. Oportunamente, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. Bouza
DISPOSICIÓN N.º 650/DGDYPC/23
Buenos Aires, 25 de enero de 2023
VISTO: El Expediente Electrónico N 00912247-GCABA-DGDYPC-2023, y CONSIDERANDO:
Que se inicia de oficio el presente expediente, de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley 941, ante la infracción constatada por la Dirección General de Limpieza del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, en el Consorcio de Propiedad Horizontal sito en Av. Rivadavia 4006, de esta Ciudad de Buenos Aires;
BO-2023-6577-GCABA-DGCLCON

Página 310 de 544

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 9/3/2023

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha09/03/2023

Nro. de páginas545

Nro. de ediciones5641

Primera edición06/08/1996

Ultima edición02/08/2024

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