Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/1/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6535 - 06/01/2023

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 305

Que, en tal sentido, el Artículo Nº 1 de la mentada norma establece como condición que los inmuebles afectados se encuentren ocupados legítimamente con destino a vivienda única y familiar
Que, para ser considerado ocupante legítimo/a, el Artículo N 2 del mismo cuerpo normativo exige como segunda condición que lo/as ocupantes y su grupo familiar residan en el inmueble con motivo de la suscripción de convenios de uso con autoridad competente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o sus herederos legítimos en caso de fallecimiento de los suscriptores
Que el mismo artículo establece como tercera condición para la transferencia del dominio que tales ocupantes: no sean titulares de dominio de ninguna propiedad inmueble. La condición de no ser titular de dominio de ningún inmueble deberá ser cumplida por todos los miembros del grupo familiar que residan en el inmueble de la Ciudad objeto del convenio de uso;
Que el IVC y la Dirección General Administración de Bienes DGADB suscribieron un Convenio de Colaboración con el objeto de lograr eficientemente las transferencias de inmuebles establecidas en la Ley N 4.705, el cual estipula los procesos y funciones de cada organismo y el procedimiento a seguir para la escrituración de los inmuebles incorporados en el Anexo I de la Ley citada;
Que el convenio referido establece que la transferencia de los inmuebles al IVC se realizará a través de lotes de veinte 20 inmuebles, quedando a cargo de la DGADB la selección de los inmuebles integrantes del lote y la conformación de los expedientes administrativos que contengan la documentación necesaria para la operatoria;
Que mediante la presente se transfiere un único inmueble, en razón de que, esa es la cantidad actual de ocupantes que cumplen la totalidad de los requisitos y/o documentación requerida para acceder al beneficio en cuestión;
Que asimismo el convenio prevé que el IVC aceptará la transferencia gratuita de los inmuebles incluidos en el lote, a efectos de proceder a la escrituración de los mismos a favor de sus respectivos beneficiarios;
Que mediante el Decreto N 463/AJG/2019 y sus modificatorios se establecieron como funciones de esta Dirección General: a asignar y administrar los permisos de uso gratuitos y onerosos no destinados a explotación comercial, y controlar que cumplan con los objetivos fijados en los convenios; b entender, coordinar, evaluar y diagramar procedimientos en los que se regule la locación a terceros de bienes inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuando el destino no sea la explotación comercial; c entender en el control físico ocupacional de los predios bajo gestión de la Dirección General y d pronunciarse, con carácter previo a su emisión, en todo acto administrativo que importe adquisición o enajenación, constitución, transferencia, modificación o extinción de derechos sobre los bienes inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo disponiendo la transferencia gratuita al IVC del inmueble referido.
Por ello, y en uso de las facultades que le son conferidas mediante Decreto N
463/AJG/2019 y sus modificatorios, EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE BIENES
DISPONE:
Artículo 1.- Transfiéranse a título gratuito al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N 4.705, el inmueble sito en la calle Yerbal N 4629 Piso 4 Departamento 9 unidad funcional 9, designado catastralmente como Circunscripción: 1, Sección: 77, Manzana: 35A, Parcela: 1f, a fin de que brinde una solución habitacional definitiva a sus ocupantes legítimos, mediante la transferencia dominial que corresponda.
BO-2023-6535-GCABA-DGCLCON

Página 305 de 516

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/1/2023

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha06/01/2023

Nro. de páginas517

Nro. de ediciones5620

Primera edición06/08/1996

Ultima edición03/07/2024

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