Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 17/10/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6481 - 17/10/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 441

Artículo 2º:- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese al interesado al domicilio electrónico constituido y/o por cédula, haciendo expresa mención de que la presente Resolución agota la vía administrativa y que podrá optar por interponer: a recurso de reconsideración, dentro del plazo de diez 10 días hábiles; b recurso administrativo de alzada, dentro del plazo de quince 15 días hábiles; o c la acción judicial pertinente conforme arts. 117, 118, 121, 123 y concordantes de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1510/1997, ratificado por Resolución de la Legislatura 41/1998 texto consolidado por Ley Nº 6017 BOCBA Nº 5485. Pase a la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal para su conocimiento y prosecución del trámite. Cumplido, archívese. Pedone Balegno
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.º 30.193.761/COMUNA10/22
Buenos Aires, 23 de agosto de 2022
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la Ley Nº 1.777; la Ley N 2.095, su modificatoria la Ley N 4.764 y su Decreto Reglamentario N 95/14, el Decreto N 371/GCBA/13 y su modificatorio Nº 110/AJG/20, el Decreto N
236/AJG/2018, la Resolución N 2018-312- SECAYGC, la Licitación Pública N
297/SIGAF/2018, la Resolución N RS-2019-85- GCABASECAYGC, la Resolución N
RS-2022-20052739-GCABA-COMUNA10 y el Expediente Electrónico N EX-202219679601-GCABACOMUNA10 y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece en su artículo 127 que las Comunas son unidades de gestión política y administrativa con competencia territorial;
Que, por su parte el artículo 128 de la citada Constitución, dispone que las Comunas ejerzan funciones de planificación, ejecución y control, en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de la Ciudad, respecto a las materias de su competencia;
Que, en consonancia con las disposiciones constitucionales la Ley Nº 1.777 -Ley Orgánica de Comunas tiene por finalidad, entre otras, promover la descentralización de las funciones del Gobierno de la Ciudad, preservando su integridad territorial, mejorar la eficiencia y la calidad de las prestaciones que brinda el Gobierno de la Ciudad, así como la de cuidar el interés general de la Ciudad y asegurar el desarrollo sustentable;
Que, por Ley Nº 2.095 y su modificatoria Ley Nº 4.764 se establecieron los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios;
Que, por el Decreto N 95/14, se reglamentaron las disposiciones contenidas en las leyes citadas;
Que, mediante el Decreto N 371/GCBA/13 se transfiere a las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las misiones, funciones y responsabilidades primarias relativas al mantenimiento de los Espacios Verdes de la Ciudad, las que fueran oportunamente asignadas a la Dirección General de Espacios Verdes a través del Decreto N 660/11 y sus modificatorios, con excepción de aquellos Espacios Verdes detallados en su Anexo I;
BO-2022-6481-GCABA-DGCLCON

Página 441 de 644

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 17/10/2022

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha17/10/2022

Nro. de páginas645

Nro. de ediciones5626

Primera edición06/08/1996

Ultima edición12/07/2024

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