Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 13/9/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6459 - 13/09/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 271

Nº 3071, con multa de PESOS VEINTISIETE MIL CIENTO VEINTE $ 27.120.-, por haber incurrido en infracción al artículo 10 incisos e e i de la Ley 941.
Artículo 2º - La multa deberá abonarse mediante depósito en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en la cuenta N 210.196/1, Registro Público de Administradores de Consorcios Ley 941, dentro de los diez 10 días hábiles de notificada la presente, debiendo acreditarse dicho pago en esta causa con el comprobante de depósito original, dentro del plazo precedentemente establecido.
Artículo 3º - Para su notificación y demás efectos, pasen los actuados a la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales. Oportunamente, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. Bouza
DISPOSICIÓN N.º 2030/DGDYPC/22
Buenos Aires, 22 de marzo de 2022
VISTO: El Expediente Electrónico N 14782184-GCABA-DGDYPC-2021, y CONSIDERANDO:
Que se inicia el presente expediente de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia de la Sra. Adriana Margarita Glaria, DNI
N 14.441.061, contra María Alejandra Funes, CUIT N 27-14155821-3, por presunta infracción a la ley ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones a la denunciada, con fecha 30/06/2021 se promueve el procedimiento conciliatorio, el que concluye en dicha oportunidad sin que las partes arribasen a una amigable composición;
Que por informe IF-2021-22135568-GCABA-DGDYPC, el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que María Alejandra Funes se encuentra inscripta bajo la matrícula N 3455;
Que por providencia PV-2021-27346397-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación por presunta infracción a los artículos, 15 inciso a, 9 incisos b y f y 10 incisos e y f de la Ley 941;
Que notificada la imputación tanto de manera electrónica a la casilla INFO@STRIENASOCIADOS.COM.AR como a través de la cédula de notificación N
3448-DGDyPC-21, dirigida al domicilio constituido en la instancia conciliatoria, la sumariada no presenta descargo ni acompaña prueba documental;
Que no quedando diligencias sumariales pendientes, se ordenó el pase de autos a resolver;
Que en este estado corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó a la administradora la presunta infracción al artículo 15 inciso a de la Ley 941, cuyo texto reza: Artículo 15
Infracciones - Son infracciones a la presente ley: a. El ejercicio de la actividad de administración de consorcios de propiedad horizontal sin estar inscripto en el Registro creado por la presente Ley. Para el caso de los administradores a titulo voluntario/gratuito esta es la única infracción
Que a fin de valorar correctamente esta imputación, debe tenerse en cuenta que el artículo 2 de la Ley 941 establece, Obligación de inscripción: La administración de consorcios no puede ejercerse a título oneroso ni gratuito sin la previa inscripción en el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal;
BO-2022-6459-GCABA-DGCLCON

Página 271 de 578

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 13/9/2022

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha13/09/2022

Nro. de páginas579

Nro. de ediciones5640

Primera edición06/08/1996

Ultima edición01/08/2024

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