Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 9/9/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6457 - 09/09/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 334

LA DIRECTORA GENERAL
DE DEFENSA Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
DISPONE:
Artículo 1º.- Sancionar a BENVENUTO, PABLO LUIS, CUIT 20-16568735-4, RPA N
1092, con multa de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA $ 48.180
por haber incurrido en infracción a los artículos 9 incisos b y f y 10 inciso a de la Ley 941.
Artículo 2º.- La multa deberá abonarse mediante depósito en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en la cuenta N 210.196/1, Registro Público de Administradores de Consorcios Ley 941, dentro de los diez 10 días hábiles de notificada la presente, debiendo acreditarse dicho pago en esta causa con el comprobante de depósito original, dentro del plazo precedentemente establecido.
Artículo 3º.- Para su notificación y demás efectos, pasen los actuados a la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales. Oportunamente, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. Bouza
DISPOSICIÓN N.º 443/DGDYPC/21
Buenos Aires, 1 de marzo de 2021
VISTO: El Expediente Electrónico N 08518420-GCABA-DGDYPC-2020, y CONSIDERANDO:
Que se inicia el presente expediente de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia del Sr. Pablo Ariel Tramontana, DNI
25.152.004, contra Gustavo Alejandro Manes Marzano, CUIT 20-14468468-1, por presunta infracción a la ley ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones al denunciado, con fecha 29 de junio de 2020
se promueve el procedimiento conciliatorio, el que concluye en fecha 22 de diciembre de 2020 sin acuerdo entre las partes;
Que por informe IF-2021-04300821-GCABA-DGDYPC el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que Gustavo Alejandro Manes Marzano, se encuentra inscripto bajo la matrícula N 766;
Que por providencia PV-2021-05281914-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación por presunta infracción a los artículos 9 inciso f y 10 incisos b, e, f e i de la Ley 941;
Que debidamente notificado, el sumariado presentó descargo y acompañó prueba documental;
Que no quedando diligencias pendientes, se ordenó el pase de autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó al administrador la presunta infracción al artículo 9 inciso f de la Ley 941, cuyo texto reza: Artículo 9.Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: f.
Conservar la documentación del consorcio y garantizar el libre acceso de los consorcistas a la misma

BO-2022-6457-GCABA-DGCLCON

Página 334 de 586

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 9/9/2022

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha09/09/2022

Nro. de páginas587

Nro. de ediciones5642

Primera edición06/08/1996

Ultima edición05/08/2024

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