Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 14/1/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6297 - 14/01/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 255

Artículo 3º.- Notifíquese a la Sra. María Eugenia Cazes, con CUIT N 27325560709
que el presente permiso para área gastronómica solamente autoriza al emplazamiento de mesas y sillas, parasoles y pizarra menú, y que conforme la Resolución Nº 24/SECACGC/2021 podrá emplazar macetas, faldones, bicicletero, en tanto cumplimenten las especificaciones técnicas del Anexo A IF-2021-05808090-GCABADGCCT de dicha resolución. Que además a los fines de emplazar cubiertas exteriores, artefactos de calefacción e iluminación previamente deberá realizar la solicitud de ampliación de autorización a esta Comuna de acuerdo a la mencionada resolución; debiendo proceder, en su caso, al inmediato retiro de todo aquel elemento emplazado en contravención a la normativa vigente.
Artículo 4º.- Hágase saber al permisionario que el presente permiso podrá ser revocado con fundamento en razones de oportunidad, mérito o conveniencia y cuando sobrevengan causales que ameriten su revocación y sin derecho a indemnización alguna. Que asimismo deberá respetar normas excepcionales y de emergencia que la autoridad establezca a fin de proteger la salud y seguridad de la población, por el tiempo que las mismas tengan vigencia.
Artículo 5º.- Notifíquese al interesado al domicilio electrónico constituido y/o por cédula, haciendo expresa mención de que la presente Resolución agota la vía administrativa y que podrá optar por interponer: a recurso administrativo de reconsideración, dentro del plazo de diez 10 días hábiles, b recurso administrativo de alzada, dentro del plazo de quince 15 días hábiles, o c la acción judicial pertinente conforme arts. 117, 118, 121, 123 y concordantes de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1510/1997, ratificado por Resolución de la Legislatura 41/1998 -texto consolidado por Ley Nº 6347. Podrá realizar presentaciones por vía electrónica dirigidas al mail s.suarez@buenosaires.gob.ar. Deberá constituir domicilio electrónico conforme lo dispuesto por el art. 51 de la Ley de Procedimientos Administrativos antes citada que establece Artículo 51 Expedientes electrónicos. Cuando las actuaciones tramiten por expediente electrónico rigen las disposiciones del presente capítulo en tanto sean compatibles con la naturaleza de la tramitación, y las siguientes disposiciones: a. El interesado deberá constituir un domicilio electrónico en su primera presentación
Pase para su conocimiento a la Dirección General Competencias Comunales y Talleres y a la Agencia Gubernamental de Control. Cumplido, archívese. Borges
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.º 3.644.132/COMUNA12/22
Buenos Aires, 12 de enero de 2022
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad de Buenos Aires, , las Leyes N 1.777
T.C. Ley Nº 6347 y N 6.292, los Decretos N 453-AJG/12, N 463-AJG/19 y sus modificatorios, la Resolución Nº 205-/SECACGC/20, la resolución Nº 24/SECACGC/21, y la Resolución Nº16-GCABA-AGC/20 y el Expediente Electrónico N
EX-2021-35729537-GCABA-DGCCT; y
BO-2022-6297-GCABA-DGCLCON

Página 255 de 356

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 14/1/2022

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha14/01/2022

Nro. de páginas357

Nro. de ediciones5627

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/07/2024

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