Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/9/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6218 - 20/09/2021

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 32

Que la señalización que se aprueba en el Manual Señalización Vial Transitoria, será utilizada en el transcurso del período de ocupación o afectación total o parcial a la vía, ya sea durante la ejecución de una obra o el desenvolvimiento de un evento, para ayudar a reducir el impacto que generan las afectaciones eventuales de las vías de circulación en los actores viales;
Que la implementación de dichos sistemas de señalización tiene por objetivo garantizar que el señalamiento vial sea claro, legible, universal y homogéneo para toda la ciudadanía;
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a la empresa Agustín Olivari S.R.L., a afectar en la calle Doblas, en el plazo solicitado.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, Decreto N. 138/GCABA/21;
EL SUBSECRETARIO
DE GESTIÓN DE LA MOVILIDAD
RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la empresa Agustín Olivari S.R.L. a realizar el cierre total de la calle Doblas frente N.º 151 entre Rosario y Chaco, sin afectar bocacalles, el día domingo 5 de septiembre de 2021, en el horario de 08.00 a 12.00 con motivo del izaje de equipos, mediante grúa marca SANY modelo STC 80 4080 de 80 toneladas.
Artículo 2º.- La empresa procederá a la provisión, instalación, conservación y retiro a la finalización de la obra de carteles ilustrativos a 50, 100 y 200 metros de las afectaciones debiendo asimismo cumplir con lo dispuesto en el Manual de Señalización Vial Transitoria, aprobados mediante Ley N 6.215 y sus respectivos anexos, o la normativa que en el futuro las reemplace Artículo 3º.- La solicitante tomará a su cargo las responsabilidades emergentes de siniestros u otros eventos a que pudieran dar origen los presentes trabajos. Asimismo, se hará cargo de la limpieza que sea necesaria realizar, a fin de que las calzadas, tanto las de los desvíos como las posteriormente afectadas por las obras, queden habilitadas en perfectas condiciones; pues en caso de incumplimiento serán llevados a cabo por Administración y a su costa.
Artículo 4º.- Se contará, para la afectación y mientras dure la misma, con el apoyo permanente de la Policía, el que será requerido por la peticionante y de cuyas costas deberá hacerse cargo, debiendo asimismo permitir en todo momento el paso de frentistas, de vehículos de emergencia y el paso peatonal seguro. Estacionamiento paralelo y junto al cordón.
Artículo 5. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese y comuníquese a la solicitante, a la Policía de la Ciudad, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Tránsito, de Planificación, Uso y Evaluación, de Inspección de Uso del Espacio Público; de Fiscalización y Control de Obras, de Limpieza y a la Gerencia Operativa Estacionamiento Ordenado y Regulación del Cordón. Cumplido, archívese. Galardi
RESOLUCIÓN N.º 1213/SSGMO/21
Buenos Aires, 10 de septiembre de 2021
VISTO: las Leyes Nros. 2148 texto consolidado según ley Nº 6.347, 6.215, el Decreto Nro. 138/GCABA/21, el EX- 2021-26830949-GCABA-DGCCT; y BO-2021-6218-GCABA-DGCLCON

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/9/2021

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha20/09/2021

Nro. de páginas373

Nro. de ediciones5623

Primera edición06/08/1996

Ultima edición08/07/2024

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