Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/4/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6108 - 23/04/2021

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 228

Que conforme lo establece el artículo 10, corresponde proceder al dictado del correspondiente acto administrativo de designación;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, LA PRESIDENTA DE LA COMUNA 3
RESUELVE
Artículo 1.- Desígnese, a partir del 11 de Diciembre de 2019, con carácter transitorio, al Sr. Adrián Maximiliano Tebes, DNI Nº 33.960.839, CUIL Nº 20-33960839-4, como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa de Gestión Administrativa de la Comuna 3.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Notifíquese al interesado, y a todas las partes intervinientes en el proceso de designación. Cumplido, archívese. Collin
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N.º 6.674.142/COMUNA3/20
Buenos Aires, 14 de febrero de 2020
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N 3263, N 4013 y No 1777, Decretos 660/GCABA/2011, 166/GCABA/2013 y 55/GCABA/2014, la Nota NO-2020-06670976- GCABA-COMUNA3, los Informes de Inspección N 20 del año 2019; y, los Informes de Inspección N 46 y 47 del corriente año y, CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece en su artículo N127 que las Comunas son Unidades de Gestión Política y Administrativa con competencia territorial;
Que, conforme surge del artículo 10 inciso a de la Ley 1.777, concordante con lo establecido por el artículo N 128 de la citada Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Comunas tienen competencias exclusivas en materia de planificación, ejecución y control de los trabajos de mantenimiento urbano de las vías secundarias y competencias concurrentes con la Administración Central encabezada por el Poder Ejecutivo, respecto a las materias que son de su competencia;
Que, por Decreto No 166/2013 y Decreto Modificatorio No 55/2014 se transfirieron a las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las misiones, funciones y responsabilidades establecidas en la Ley N 3.263 de Arbolado Público, a excepción de las previstas en el artículo 1 de dicho Decreto N 55/2014, todo ello de conformidad con las competencias otorgadas por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por la Ley N 1.777;
Que, la Ley N 3.263 de Arbolado Público Urbano prevé en su artículo 15 que la Autoridad de Aplicación podrá efectuar tareas de tala o extracción en diferentes supuestos;
Que, atento a la delegación efectuada por los Decretos mencionados en el párrafo 3ro, corresponde a las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la aplicación del Artículo 15 de la Ley N 3.263, a excepción de los casos previstos en los incisos d, e y g del mismo;

BO-2021-6108-GCABA-DGCLCON

Página 228 de 432

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/4/2021

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha23/04/2021

Nro. de páginas433

Nro. de ediciones5637

Primera edición06/08/1996

Ultima edición29/07/2024

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