Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/2/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6065 - 24/02/2021

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 200

Que en consecuencia, conforme lo dispuesto por la normativa vigente corresponde intimar al propietario del citado inmueble, para que en el plazo de diez 10 días de notificado arbitre las medidas necesarias y suficientes para la desratización, desinsectación, higienización y/o retiro de todos los materiales en desuso y residuos del mismo, y/o reparación de cerco sobre línea oficial y/o vereda, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de la ejecución de los trabajos mencionados por la administración y a su costa.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 1510/97 y la normativa ut supra mencionada;
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL DE LA COMUNA 1
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
Artículo 1.- Intímese a FIDULTRA S. R. L., CUIT N 30-71650879-6,con domicilio fiscal en la AVDA RAUL SCALABRINI ORTIZ N75, Piso PB, Departamento 5, de esta Ciudad; propietario del inmueble sito en la calle Constitución N 1141, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que en el plazo de diez 10 días, de notificada la presente, proceda a realizar la desratización, desinsectación, higienización y/o retiro de todos los materiales en desuso y residuos del mismo, y/o reparación de cerco sobre línea oficial y/o vereda, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de la ejecución de los trabajos mencionados por la administración y a su costa, conforme lo dispuesto en la N 446/ MJGGC/16, establece en el Anexo I, Etapa 2 punto II c.
Artículo 2.- A tales fines deberá acreditar en debida forma la realización de la totalidad de las mejoras intimadas y en su caso el cumplimiento de lo establecido en la Ley 11843, es decir la ejecución de tareas de desratización. Debiendo acreditar las mismas en forma fehaciente mediante la presentación ante la Comuna de los certificados correspondientes expedidos por empresa debidamente registrada a tal fin ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informando expresamente la metodología, tipo de sustancias, y cantidades utilizadas en dichas tareas. Asimismo deberá presentar un plan de contingencias que asegure el mantenimiento en el tiempo de las mejoras implementadas, así como también, arbitrar todos los recaudos necesarios como para que el inmueble se encuentre en óptimas condiciones de higiene y salubridad.
Artículo 3.- Líbrense las cédulas de rigor autorizándose su diligenciamiento a los inspectores del área de Control Comunal, y de corresponder, publíquense edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con los recaudos de estilo.
Artículo 4.- Notifíquese la presente con copia al contribuyente. Cumplido, archívese o sigan las actuaciones según su estado. Portela Lacanette
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N. 5.623.507/COMUNA1/21
Buenos Aires, 8 de febrero de 2021
VISTO: El Expediente N EX-2021-04939442-GCABA-COMUNA1, y la Ley N 1777, Decreto N 453- GCABA/12, Decreto N 472-GCABA/13, N 436-SECGCYAC/12, Decreto N 40/GCABA/14, Ordenanza 33581/77, y/o 33721/77 y/o Ley Nacional N
11843 y Resolución N 446/MJGGC/16; y BO-2021-6065-GCABA-DGCLCON

Página 200 de 288

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/2/2021

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha24/02/2021

Nro. de páginas289

Nro. de ediciones5642

Primera edición06/08/1996

Ultima edición05/08/2024

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