Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 17/2/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6058 - 17/02/2021

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 55

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil, Técnica, Administrativa y Legal, del Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, del Ministerio de Hacienda y Finanzas, debiendo esta última notificar fehacientemente al interesado y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Mura
RESOLUCIÓN N. 550/MHFGC/21
Buenos Aires, 10 de febrero de 2021
VISTO: el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº1721/GCBA/97 y sus normas modificatorias, la Resolución N 867/MHGC/14 y modificatorias, las Resoluciones Nº3281-MHFGC-2020, 3426-GCABAMEFGC-2019, N 4810-MEFGC-2019 y el Expediente Nº5796294-GCABA-DGTALMHF-2021 y CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución citada en primer orden se formuló la norma reglamentaria del régimen instituido a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº1721/97;
Que mediante la Resolución Nº3281-MHFGC-2020 se ha incluido en el Nomenclador Indicativo de Prestaciones de Alta Complejidad la medicación NAGLAZYME
GALSUFACE 5mg fco/amp/iny/vial/jer x 1, utilizada para el tratamiento de la ENFERMEDAD DE MAROTEAUX LAMY MUCOPOLISACARRIDOSIS TIPO VI, identificada bajo el código 700005;
Que mediante la Resolución Nº3426-GCABA-MEFGC-2019 y a requerimiento de la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, se autorizó a la Oficina de Fondos Compensadores del Banco Ciudad a realizar el pago por adelantado de la medicación antedicha, toda vez que la misma no se comercializa en el país ingresando por uso compasivo mediante autorización del ANMAT a nombre del beneficiario;
Que oportunamente la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires manifestó que la Oficina de Fondos Compensadores del Banco Ciudad no se encuentra habilitada para realizar transferencias al exterior, solicitando en consecuencia se contemple la posibilidad del reintegro a dicha Obra Social luego de que la misma efectúe el pago al Laboratorio BIOMARIN PHARMACEUTICALS INC., elaborador del medicamento antes referido;
Que a través de la Resolución N 4810-MEFGC-2019 se autorizó a la Oficina de Fondos Compensadores del Banco Ciudad a transferir a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, en concepto de reintegro, la suma oportunamente abonada por esta al prestador de conformidad con la obligación de pago del Fondo Compensador en el marco de la normativa vigente;
Que mediante memo de fecha 8 de febrero de 2021, obrante en el expediente de la referencia, la Oficina de Fondos Compensadores del Banco Ciudad solicita una nueva autorización para la acreditación de la suma de pesos ocho millones novecientos sesenta y cuatro mil seiscientos treinta y seis con 42/100 $ 8.964.636,42 para efectuar un nuevo reintegro a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires, por la factura abonada al prestador mencionado ut supra por parte de dicha Obra Social;
Que en consecuencia corresponde acceder a lo peticionado;
BO-2021-6060-GCABA-DGCLCON

Página 55 de 317

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 17/2/2021

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha17/02/2021

Nro. de páginas318

Nro. de ediciones5638

Primera edición06/08/1996

Ultima edición30/07/2024

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