Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 18/12/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6020 - 18/12/2020

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 149

Que por lo todo lo expuesto, corresponde el dictar el acto administrativo que considere factible, desde el punto de vista urbanístico, el proyecto obra nueva a materializarse en el predio sito en la calle Jerónimo Salguero Nº872, en virtud de la documentación presentada.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1º.- Considérese factible, desde el punto de vista urbanístico, el proyecto de obra nueva para el predio sito en la calle Jerónimo Salguero Nº872
S:017,M:096,P:034 de conformidad con la documentación presentada bajo declaración jurada en PLANO-2020-23913828-GCABASSREGIC, debiendo asimismo cumplir con la normativa vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la presente.
Artículo 2º.- La presente Disposición tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su emisión y una prórroga automática de 180 días contados a partir del día hábil siguiente al término de la vigencia de la emergencia sanitaria, en referencia al COVID 19. Dentro de este plazo el peticionante deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes.
Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Notifíquese al interesado. Cumplido, archívese. Tuya
DISPOSICIÓN N.º 2140/DGIUR/20
Buenos Aires, 15 de diciembre de 2020
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N 99/GCABA/2019, la Resolución Nº 63SSREGIC-20 y el EX-2019-36084243- -GCABASSREGIC, y CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo, estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N 3.3 se consignan las Categorías, Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado por la Ley N 6.099;

BO-2020-6020-GCABA-DGCLCON

Página 149 de 533

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 18/12/2020

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha18/12/2020

Nro. de páginas534

Nro. de ediciones5639

Primera edición06/08/1996

Ultima edición31/07/2024

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