Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/10/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 5983 - 23/10/2020
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 560
válidamente notificadas las resoluciones que se dicten a partir de la presente, los días martes o viernes - o el siguiente día hábil si alguno es feriado - inmediato a la fecha de suscripción de los actos correspondientes.
Artículo 7º- Intimar a EL FUEGO Y EL AGUA S.A para que dentro del término de quince 15 días de notificada esta Resolución, declare si ha interpuesto demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado por esta Administración Tributaria con anterioridad, aportando en caso afirmativo, los elementos conducentes a su fehaciente acreditación, y a los fines de realizar un correcto encuadre de su situación infractora, conforme lo pautado por los artículos 113
y 114 del Código Fiscal T.O. 2020 y disposiciones concordantes de años anteriores, todo ello bajo apercibimiento de resolver las presentes conforme las constancias de autos.
Artículo 8º- Intimar a EL FUEGO Y EL AGUA S.A., al Presidente del Directorio de la firma, señor José Alberto Samid, DNI 7.794.340 y/o a quien resulte responsable hasta la actualidad para que dentro del término de quince 15 días de notificada esta Resolución, acrediten en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente, el responsable solidario y/o quien resulte responsable hasta la actualidad la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que les pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales.
Artículo 9º- Regístrese, notifíquese a la contribuyente en el domicilio fiscal, al responsable solidario en el domicilio consignado en el artículo 3 de la presente y en el domicilio fiscal de la firma y a ambos mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal T.O. 2020 y disposiciones concordantes de años anteriores, con copia de la presente y resérvese.
ANEXO IF-2020-18569739-GCABA-DGR
Juan Nigrelli Subdirector General Inicia: 23-10-2020
Vence: 27-10-2020
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución N 1531-GCABA-DGR/20
Expediente Electrónico N 2.069.480-MGEyA-DGR/18
BO-2020-5983-GCABA-DGCLCON
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