Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/9/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5960 - 21/09/2020

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 70

RESOLUCIÓN N.º 176/ISSP/20
Buenos Aires, 17 de septiembre de 2020
VISTO: La ley N 5.688 texto consolidado por ley N 6.017, las Resoluciones N
38/ISSP/19, N 25/ISSP/20, Nº 61/ISSP/20 y Nº 105/ISSP/20, la Nota Nº 22197921/SAISSP/20, el Expediente Electrónico Nº 22210779/SGISSP/20, y CONSIDERANDO:
Que la ley N 5.688 texto consolidado por ley N 6.017, establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública está a cargo de un Director designado por el Ministro de Justicia y Seguridad, quien ejerce su gobierno, administración y representación, y al cual le corresponde establecer la estructura orgánica y designar la conducción académica y administrativa del mismo;
Que este Instituto se constituye como una instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados en todo el sistema y la producción de conocimientos científicos y técnicos sobre seguridad;
Que tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal de la Policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial, a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así como también la investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y capacidad;
Que la citada ley establece en el artículo 396: Para egresar como Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, se debe aprobar íntegramente el Curso de Formación Inicial para aspirante a Bombero Calificado, incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres y conferencias que se establezcan para contribuir a la formación integral técnico humanística del futuro Bombero, y el artículo 397 dispone: El contenido del plan de estudios, la organización de la estructura curricular, los contenidos mínimos exigidos y los objetivos para el dictado de cada materia, las prácticas profesionalizantes y sus objetivos, las actividades extracurriculares y de extensión, como así también la duración y características del ciclo lectivo, el régimen y modalidad de cursada, el régimen de evaluaciones y promociones y demás aspectos que hacen al desarrollo del curso son establecidos por el Instituto Superior de seguridad Pública;
Que la formación y capacitación del Cuerpo de Bomberos que formalmente se atribuye al ISSP, tiende a la profesionalización, la especialización y la eficiencia funcional de los integrantes del mencionado Cuerpo de Bomberos, y al desarrollo permanente de las competencias necesarias para su eficaz desempeño de acuerdo con su función;
Que en ese orden de ideas, mediante la Resolución N 25/ISSP/20 se aprobó el Plan de Estudios del Curso de Formación Inicial para Aspirante a Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Buenos Aires año 2020;
BO-2020-5960-GCABA-DGCLCON

página 70 de 314

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/9/2020

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha21/09/2020

Nro. de páginas315

Nro. de ediciones5622

Primera edición06/08/1996

Ultima edición05/07/2024

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