Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/9/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5960 - 21/09/2020

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 63

Que conforme dispone la mentada ley, el Instituto Superior de Seguridad Pública está cargo de un Director designado por el Ministro de Justicia y Seguridad, quien ejerce su gobierno, administración y representación, y al cual corresponde establecer la estructura orgánica y designar la conducción académica y administrativa del Instituto;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados en todo el sistema y la producción de conocimientos científicos y técnicos sobre seguridad;
Que tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal de la Policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial, a todos aquellos sujetos públicos o privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así como también la investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana de acuerdo con los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y capacidad;
Que la citada ley establece en el artículo 379: Para egresar como Oficial de la Policía de la Ciudad, el cadete debe aprobar íntegramente el Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad, incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres y conferencias que se establezcan para contribuir a la formación integral técnico humanística del futuro Oficial. La duración del curso no puede ser inferior a un 1 año., y el artículo 380 dispone: El contenido del plan de estudios, la organización de la estructura curricular, los contenidos mínimos exigidos y los objetivos para el dictado de cada materia, las prácticas profesionalizantes y sus objetivos, las actividades extracurriculares y de extensión, como así también la duración y características del ciclo lectivo, el régimen y modalidad de cursada, el régimen de evaluaciones y promociones y demás aspectos que hacen al desarrollo del curso son establecidos por el Instituto Superior de Seguridad Pública;
Que mediante la Resolución N 121/ISSP/19 se estableció como Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad, la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública Oficial de Policía aprobada por Resolución N 63/SSPECT/19, cuyo programa y contenidos obran en el Anexo que forma parte integrante de la misma;
Que en dicho contexto, y con la finalidad de conformar el plantel de profesores del Instituto Superior de Seguridad Pública, mediante Nota N 21689190/SAISSP/20 se propició la designación de los capacitadores para el dictado de la materia Conducción Vehicular Policial correspondiente al tercer semestre de la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública Oficial de Policía, IV curso, ciclo lectivo 2020, por el período comprendido entre el 31 de agosto de 2020 y el 26 de febrero de 2021;
Que el plan de contingencia encomendado a la Secretaría Académica prevé, que en coordinación con los capacitadores viabilice el dictado de contenidos a distancia de conformidad con lo establecido por los artículos 3 y 4 de la Resolución Nº 61/ISSP/20, y por el plazo que continúe vigente la suspensión de clases presenciales en este Instituto, el cual fue prorrogado sucesivamente, resultando vigente la Resolución Nº 150/ISSP/20;
Que los profesores propuestos resultan ser personal designado por la Policía de la Ciudad, encontrándose cumplidos los requisitos necesarios para proceder a sus nombramientos;
Que se ha dado cumplimiento a los requisitos necesarios para proceder a las presentes designaciones, conforme obra el Expediente citado en el Visto, por lo que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias, BO-2020-5960-GCABA-DGCLCON

página 63 de 314

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/9/2020

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha21/09/2020

Nro. de páginas315

Nro. de ediciones5626

Primera edición06/08/1996

Ultima edición12/07/2024

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