Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 9/3/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5816 - 09/03/2020

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 271

LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Concédase el Certificado Urbanístico que como Anexo I IF N
8.105.561/DGUIR/2020 forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 2º.- El Certificado Urbanístico aprobado por el artículo 1 de la presente Disposición, tendrá una vigencia de ciento ochenta 180 días corridos, prorrogables por una sola vez por otras ciento ochenta 180 días a petición del solicitante.
Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Notifíquese al interesado. Cumplido, archívese. Copola
ANEXO

DISPOSICIÓN N. 387/DGIUR/20
Buenos Aires, 2 de marzo de 2020
VISTO: El Código Urbanístico aprobado por Ley N 6.099, el Decreto N 99/GCABA/19
y el Expediente Nº 39597895/19 y CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el visto se solicita un Certificado Urbanístico de Obra Mayor a desarrollarse en el predio sito en la calle Jerónimo Salguero Nº 2218/24/32 y Beruti 3519/21 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que al respecto, el Código Urbanístico regula en el Titulo 2 del Anexo I los Certificados Urbanísticos, estableciendo en el punto 2.1. que "El Certificado Urbanístico es el documento que certifica la regulación urbanística sobre usos del suelo, tejido y cargos públicas aplicable a la parcela y que el mismo deberá adjuntarse al expediente de Obra Mayor de conformidad a la normativa de edificación";
Que el Certificado Urbanístico que se solicita por las presentes actuaciones ha sido requerido para el Arq. BODAS, Martín Gustavo Matrícula Nº21850.
Que se ha verificado en el Padrón Web del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo que la profesional se encuentra habilitada para el uso de la firma;
Que el Certificado Urbanístico tendrá una vigencia de ciento ochenta 180 días corridos, prorrogables por una sola vez por otros 180 días a petición del solicitante, conforme lo establecido en el punto 2.1.2 del Código Urbanístico;
Que el Decreto N 99/2019 regula los datos que deberá contener el Certificado Urbanístico;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa Morfología Urbana, mediante Informe N 03588985/DGIUR/2020 que obra en estos actuados, concluyendo que la propuesta presentada bajo declaración jurada cumple con los artículos 6.2.3 Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta USAA, 6.3 Perfil Edificable, 6.3.1. Construcciones Permitidas por sobre los Planos Límites, 6.3.2
Balcones 6.4.2.3. Extensiones vinculadas al Centro Libre de Manzana, 6.6
Regulación de subsuelos del Código Urbanístico;
Que por lo expuesto, corresponde dictar el administrativo que apruebe el Certificado Urbanístico de obra mayor a desarrollar en el inmueble sito en la calle Jerónimo Salguero Nº 2218/24/32 y Beruti 3519/21 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
BO-2020-5816-GCABA-DGCCON

página 271 de 559

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 9/3/2020

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha09/03/2020

Nro. de páginas560

Nro. de ediciones5639

Primera edición06/08/1996

Ultima edición31/07/2024

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