Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/9/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5691 - 03/09/2019

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 322

Que, por RESOL-2019-329-AGC de fecha 05 de agosto de 2019 se encomienda la firma de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras al Sr. Gustavo Alejandro May a cargo de la Dirección General de Fiscalización y Control, durante el periodo comprendido entre el 8 de agosto de 2019 y el 28 de agosto de 2019, ambos inclusive;
Por ello y, en uso de las facultades dispuestas en la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07, EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
DISPONEN:
Artículo 1º: Renuévese a partir del día de la fecha y por el término de un 1 año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local con nombre de fantasía THE
FLOWER DE LA CANELA, que posee inscripción bajo Nº 067/05 otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 156/05 con una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientos cinco 405 personas, correspondiente al establecimiento ubicado en Agero 445/47/49 planta baja, planta alta, sótano, entresuelo sobre sótano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación a nombre de la Sra.
Rosario HUARCA YRCAÑAUPA por expediente Nº 18241/2001 concedida para los rubros restaurante, cantina; café, bar; despacho de bebidas, wisquería, cervecería;
parrilla y local de baile clase "C" actividad complementaria.
Art. 2º. Determinar que la actividad denominada matiné deberá desarrollarse en el horario comprendido de 16 h a 22 h los días feriados, sábados y domingos siendo la edad permitida de 15 a 18 años quedando prohibido la exhibición, expendio y consumo de bebidas alcohólicas en el local conforme AD. 700.50 art. 10.3.1.
Artículo 3º:Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta 30 días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa.
Artículo 4º:Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a la Sra. Rosario HUARCA YRCAÑAUPA. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en la web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Pérez Lorgueilleux - Alonso - May
DISPOSICIÓN CONJUNTA N. 81/DGFYC/19
Buenos Aires, 28 de agosto de 2019
VISTO: El EE-2019-23211628-AGC los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 1GCBA/2005 BOCBA Nº 2126 y Nº 2-GCBA/2005 BOCBA Nº 2136, la Resolución 02/SSCC/05 BOCBA Nº 2136, la Resolución Nº 11/SSCC/2005 BOCBA Nº 2194, la Resolución Nº 12-SSCC/2005 BOCBA Nº 2209, la Resolución Nº 56-SSCC/2005
BOCBA Nº 2352, la Resolución Nº 3424-AGC-SSEMERG/11, la Ley 5920/17 y la Ley N 2624/2007 promulgada por Decreto N 2137/07, y;
CONSIDERANDO:

BO-2019-5691-GCABA-DGCCON

página 322 de 496

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/9/2019

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha03/09/2019

Nro. de páginas497

Nro. de ediciones5641

Primera edición06/08/1996

Ultima edición02/08/2024

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