Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/10/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5486 - 26/10/2018

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 127

EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE

Artículo 1º.-Apruébase la contratación de la persona cuyos datos personales se consignan en el Anexo-IF-2018-27288176-DGTALMC y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe correspondiente al Contrato de Locación de Servicios Artísticos que se aprueba por el Artículo 1º de la presente, en una Orden General de Pago.
Artículo 3º.-A los efectos del cobro, deberá adicionarse la certificación de servicios correspondiente. El contratado deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite los honorarios correspondientes.
Artículo 4º.-El contratado se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 5º.-El gasto que demande la presente se imputará en la respectiva partida del presupuesto del año 2018.
Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro
ANEXO

RESOLUCIÓN N.º 6293/MCGC/18
Buenos Aires, 18 de octubre de 2018
VISTO:
Los Decretos Nº 224-GCABA-13, N 182-GCABA-15 Y N 94/AJG/18, la Resolución Conjunta N 2-MCGC-17, la Resolución N 1016-MEFGC-18, la Resolución FC N
665-MEFGC-18, y el EX- 2018-24198483- -MGEYA-DGTALMC y;
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Conjunta N 2/MCGC/2017, el entonces Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología y el Ministerio de Cultura resolvieron establecer la coordinación entre la Unidad de Proyectos Especiales Juegos Olímpicos de la Juventud de Buenos Aires 2018 del entonces Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, y el Ministerio de Cultura, en lo relacionado al fomento del Programa Cultural y Educativo de los Juegos, como así también a impulsar la difusión de los mismos mediante la contratación de figuras públicas reconocidas por la sociedad, brindando a este fin soporte en materia de celebración de contratos artísticos y las gestiones tendientes a la celebración de los mismos;
Que asimismo, por la mencionada norma se encomendó a los titulares de los organismos referidos y/o quienes en el futuro los reemplacen, la implementación de las actividades previstas en dicha Resolución y el dictado de los actos administrativos que se estimen conducentes, destinados al cumplimiento de los objetivos propuestos;
BO-2018-5486-DGCCON

página 127 de 439

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/10/2018

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha26/10/2018

Nro. de páginas440

Nro. de ediciones5626

Primera edición06/08/1996

Ultima edición12/07/2024

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