Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 11/9/2018

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5454 - 11/09/2018

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 230

Que la mencionada ley erige al Instituto Superior de Seguridad Pública como una instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados en todo el sistema, entre los que se destaca a los aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el ingreso a la Policía de la Ciudad se produce previa aprobación de los programas y requisitos de formación y capacitación que establezca el Instituto Superior de Seguridad Pública 128 inc. 7 Ley 5688;
Que los aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad deben cursar y aprobar el curso de formación inicial que dicta el Instituto Superior de Seguridad Pública, que es quien determina entre otras cuestiones, el contenido del diseño curricular, el régimen de asistencia y de evaluación, el régimen de prácticas profesionalizantes, las actividades extracurriculares y de extensión y demás aspectos que hacen a la formación de los futuros Oficiales Arts. 151, 151 y 380 Ley 5688;
Que desde otra perspectiva, en el Libro IV referido al Instituto Superior de Seguridad Pública, la ley 5688 prescribe que para egresar como Oficial de la Policía de la Ciudad, el cadete debe aprobar íntegramente el Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad, incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres y conferencias que se establezcan para contribuir a la formación integral técnico humanística del futuro oficial Art. 379 Ley 5688;
Que por la Resolución N 25/ISSP/18 se aprobó el "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires";
Que con base en la propuesta de capacitación sobre drogas de abuso y drogas sintéticas presentada por la Dirección de Lucha contra el Tráfico y Venta ilegal de Drogas, dependiente de la Superintendencia de Investigaciones, el Director de Investigaciones mediante la Nota N 23632737/SAISSP/2018, elevó a consideración de esta instancia el "Taller sobre Drogas de Abuso e Introducción a las Drogas Sintéticas" para ser dictado en el marco de la materia "Práctica Profesional II" del "Curso para Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad";
Que entre los núcleos de formación que se constituyen como pautas de la estructura pedagógica curricular de la formación inicial de los cadetes, se encuentra el social criminológico, orientado a la formación teórico-práctica referida a los conocimientos propios de las ciencias sociales aplicados a las problemáticas delictivas e institucionales referidas a la seguridad pública Art. 376 inc. 2 Ley 5688; y el Policial, orientado a la formación teórico practica en los conocimientos propios el ejercicio de las labores policiales, la obtención de los métodos, técnicas y adiestramiento para el desempeño de sus servicios, en especial aquellas referidas a las medidas de seguridad, la gestión policial estratégica y táctica, las acciones técnico operacionales, de supervisión y de dirección policiales, la inteligencia criminal y logística. Art. 376 inc.
4 Ley 5688.
Que la Dirección de Lucha contra el Narcotráfico y Venta Ilegal de Drogas aborda esta problemática desde un enfoque multidisciplinario que busca enfrentar el flagelo de las drogas de una forma eficaz, mediante la utilización de los recursos institucionales tomando como base el trabajo realizado por el efectivo policial en la prevención y conjuración de este tipo de delitos;
Que la finalidad del taller que los cadetes conocer y sepan detectar, la presencia, el uso y abuso de estupefacientes, que puedan advertir las formas de ocultamiento, conocer la importancia de la prevención, investigación y conjuración de los delitos contemplados en la Ley 23.737, para que ellos mismos puedan advertir cuando proceder al uso de las tecnologías, las tácticas y técnicas propias en la lucha contra el narcotráfico;

BO-2018-5454-DGCCON

página 230 de 485

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 11/9/2018

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha11/09/2018

Nro. de páginas486

Nro. de ediciones5643

Primera edición06/08/1996

Ultima edición06/08/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Septiembre 2018>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30