Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 28/8/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5444 - 28/08/2018

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 255

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Sra. Directora del Instituto Superior de Seguridad Pública, a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de Seguridad, a la Superintendencia de Coordinación y Planificación del Desarrollo Policial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires y a la Dirección de Especialización Policial del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. Unrein
DISPOSICIÓN N. 145/SAISSP/18
Buenos Aires, 24 de agosto de 2018
VISTO:
La Ley Nº 5.688, la Resolución Nº 82/ISSP/12, las Notas Nº 21887291/SAISSP/18, y Nº 22213939/SAISSP/18
y el Expediente Electrónico N
21994053/MGEYA/SGISSP/18 y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en lo referente a su composición, misión, función y dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados en todo el sistema y la producción de conocimientos científicos y técnicos sobre seguridad;
Que el Artículo 357 de la Ley N 5.688 establece que "El Instituto Superior de Seguridad Pública tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar funcionalmente al personal de la policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los funcionarios responsables de la formulación, implementación y evaluación de las políticas y estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración general del sistema policial, a todos los sujetos públicos y privados vinculados con los asuntos de la seguridad, así como la investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana
Que la formación y capacitación del personal policial, en general, tiende a la profesionalización y a la especialización del desempeño policial teniendo en cuenta las competencias funcionales necesarias para el desempeño eficiente del cargo;
Que el Artículo 370 de la Ley antes citada, prescribe que la capacitación consiste
en el adiestramiento, entrenamiento, perfeccionamiento y actualización permanente a lo largo de toda la carrera profesional y está asentada en la producción de capacidades y competencias específicas derivadas de las tareas básicas propias de los perfiles y especialidades policiales";
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública desarrolla actividades educativas bajo variadas modalidades para continuar la capacitación, actualización y especialización del personal policial;

BO-2018-5444-DGCCON

página 255 de 550

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 28/8/2018

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha28/08/2018

Nro. de páginas551

Nro. de ediciones5622

Primera edición06/08/1996

Ultima edición05/07/2024

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