Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/5/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5374 - 16/05/2018

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 53

Que la mentada ley establece en su artículo 379: "Para egresar como Oficial de la Policía de la Ciudad, el cadete debe aprobar íntegramente el Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad, incluidas las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres y conferencias que se establezcan para contribuir a la formación integral técnico humanística del futuro Oficial. La duración del curso no puede ser inferior a un 1 año y el artículo 380 dispone: "El contenido del plan de estudios, la organización de la estructura curricular, los contenidos mínimos exigidos y los objetivos para el dictado de cada materia, las prácticas profesionalizantes y sus objetivos, las actividades extracurriculares y de extensión, como así también la duración y características del ciclo lectivo, el régimen y modalidad de cursada, el régimen de evaluaciones y promociones y demás aspectos que hacen al desarrollo del curso son establecidos por el Instituto Superior de seguridad Pública";
Que mediante la Resolución Nº 25/ISSP/18 se aprobó el Plan de Estudios del "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires";
Que en ese entendimiento, por medio de la Resolución Nº 29/ISSP/18, fueron incorporados al "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad", para el ciclo lectivo 2018, los alumnos detallados en el Anexo de la misma, entre los que se encuentran los Cadetes Nadia Sofía Córdoba DNI 41.389.116 y Facundo Nahuel Cacioli DNI 41.854.699;
Que por su parte, a través de la Resolución Nº 15/ISSP/13 se aprobó el Reglamento de Cadetes del Instituto Superior de Seguridad Pública, mientras que por Resolución Nº 97/ISSP/15, fueron introducidas modificaciones al mismo;
Que de acuerdo a lo establecido por el citado Reglamento se denomina cadete a toda persona que habiendo cumplido con los requisitos formales de la normativa vigente y con el período de adaptación, es incorporado como alumno al Ciclo de Formación Inicial, mediante Resolución del Rector, encontrándose asimismo sujeto a lo dispuesto por dicho cuerpo reglamentario y por la restante normativa en la materia;
Que tal como surge de los Informes N 12775742/SAISSP/18 y N
12776182/SAISSP/18, obrantes en el Expediente Electrónico citado en el Visto, los nombrados solicitaron formalmente con fecha 2 y 4 de mayo de 2018, la baja voluntaria del Instituto Superior de Seguridad Pública;
Que el Artículo 74 del Reglamento de Cadetes, dispone que el cadete que desista de permanecer en este Instituto, deberá solicitar por escrito su baja, la cual será considerada y concedida por el Rector, siempre que no existan impedimentos legales o reglamentarios;
Que asimismo, el Artículo 4 del mentado cuerpo reglamentario erige a la baja voluntaria como una de las causales de cesación del derecho a percibir el beneficio de la beca;
Que de acuerdo a la normativa mencionada, atento la decisión adoptada por los causantes, habiendo tomado la debida intervención la Coordinación de Capacitación e Instrucción Policial, conforme surge de las Providencias Nº 13014284/SAISSP/18 y N
13092003/SAISSP/18, y no existiendo impedimento legal o reglamentario alguno, corresponde aceptar las solicitudes de baja efectuadas y disponer el cese del beneficio de la beca de los Cadetes Nadia Sofía Córdoba DNI 41.389.116 y Facundo Nahuel Cacioli DNI 41.854.699.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias, LA DIRECTORA DEL
INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA
RESUELVE

BO-2018-5374-DGCCON

página 53 de 410

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/5/2018

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha16/05/2018

Nro. de páginas411

Nro. de ediciones5639

Primera edición06/08/1996

Ultima edición31/07/2024

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