Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/4/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5359 - 23/04/2018

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 400

- BARADERO 29 Plátano - Alt 20 Dap 130 Ejemplar, se extrae por ancho de vereda que imposibilita el corte de raíz profundo.
- BARADERO 79 Plátano - Alt 15 Dap 80 Ejemplar, se extrae por ancho de vereda que imposibilita el corte de raíz profundo.
Art. 2: Regístrese, publíquese y comuníquese a la Secretaria de Atención y Gestión Comunal de la Jefatura de Gabinete de Ministros para su conocimiento, cumplido, archívese. Dippolito
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N. 10.690.885/COMUNA10/18
Buenos Aires, 13 de abril de 2018
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nº 1.777, Nº 3.263, el Decreto N 166/GCABA/2013, las actas de inspección de fecha , 9 y 10 de marzo de 2018 y el EX-2018-10577706- -MGEYA-COMUNA10 y, CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo 127 que las Comunas son unidades de gestión política y administrativa con competencia territorial;
Que por su parte el artículo 128 dispone que las Comunas ejercen funciones de planificación, ejecución y control, en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de la Ciudad, respecto a las materias de su competencia;
Que en consonancia con las disposiciones constitucionales la Ley Nº 1.777 -Ley Orgánica de Comunas tiene por finalidad, entre otras, promover la descentralización de las funciones del Gobierno de la Ciudad, preservando su integridad territorial, mejorar la eficiencia y la calidad de las prestaciones que brinda el Gobierno de la Ciudad, así como la de cuidar el interés general de la Ciudad y asegurar el desarrollo sustentable;
Que de conformidad con el Art. 4 del Decreto 166/13 se transfirieron a las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las responsabilidades primarias relativas al Mantenimiento Integral del Arbolado Público, todo ello de conformidad con las competencias otorgadas por la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por la Ley Nº 1.777.
Que la Ley Nº 3.263 de Arbolado Público Urbano, tiene como objeto proteger e incrementar el Arbolado Público Urbano, implementando los requisitos técnicos y administrativos a los que se ajustaran las tareas de intervención sobre los mismos;
Que tales acciones se desarrollan en un todo de acuerdo con lo establecido en los artículos 10, 11, 12, y 13 de la citada norma.
Que asimismo en virtud de lo dispuesto en los auto HERAS CLAUDIA CONTRA
GCBA y otros sobre AMPARO AMBIENTAL", Expediente 4570/2017-0, se procederá a notificar al Juzgado actuante de las intervenciones que debieron efectuarse.
Que de acuerdo a lo que surge del informe de inspección citado en el visto, corresponde efectuar las extracciones de los ejemplares ubicados en la calle:
- BERMUDEZ 1085 Paraíso - Alt 13 Dap 100 El ejemplar se encuentra ahuecado y provoca roturas en la vereda.
BO-2018-5359-DGCCON

página 400 de 532

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/4/2018

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha23/04/2018

Nro. de páginas533

Nro. de ediciones5626

Primera edición06/08/1996

Ultima edición12/07/2024

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