Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 17/4/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5355 - 17/04/2018

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 150

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete conforme lo prescripto por la Ley N 1.218, emitiendo el Informe Nº 27508705-DGREYCO-2017, mediante el cual sugiere desestimar el recurso bajo estudio;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE
Artículo 1º.- Desestimase el recurso jerárquico en subsidio del recurso de reconsideración incoado por la firma CLIBA INGENIERIA URBANA S.A contra los términos de la Disposición N 169/DGLIM/2017.
Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese al recurrente en forma fehaciente, haciéndole saber que este acto agota la instancia administrativa, y que únicamente puede interponerse el recurso previsto en el artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ley N 5666, dentro del plazo de diez 10 días hábiles. Comuníquese a la Dirección General de Limpieza. Cumplido, archívese. Macchiavelli
RESOLUCIÓN N.º 499/MAYEPGC/18
Buenos Aires, 6 de abril de 2018
VISTO:
Las Leyes N 1.218 y N 4.977, el Expediente N 01983398-MGEYA-MGEYA/11, y CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita la solicitud de renovación de la concesión del terreno formado por los Lotes 19,20 y subsuelo, Tablón 12, Manzana 2, Sección 1 del Cementerio de Chacarita, cuyo vencimiento operó el día 29 de octubre del 2009 realizada por la Señora Mirta Noemí Berdullas en su carácter de hija de los titulares Señor Luis Manuel Berdullas y Señora María Celia lama de Berdullas;
Que la Dirección General Cementerios mediante los informes N 02214661DGCEM/11 y N 01135069-DGCEM/13 se expidió sobre la titularidad correspondiente y estimó pertinente el otorgamiento de la renovación en cuestión;
Que en fecha 31 de agosto de 2017, la Señora Mirta Noemi Berdullas se presentó a ratificar el pedido de renovación de concesión en los términos de la Ley N 4.977, por el término de VEINTE 20 años;
Que cabe indicar que la Ley N 4.977 en su artículo 71 establece que deben abonarse los derechos que a tal efecto establezca la Ley Tarifaría vigente al momento de dictarse el acto administrativo que otorga la concesión;
Que, asimismo, la citada Ley en su artículo 76 establece que Las concesiones de terrenos para bóvedas, así como los subsuelos serán transferibles, salvo que el titular de la misma opte por su intransferibilidad
Que, en los presentes actuados, están dados los prepuestos para la aplicación de los artículos 71 y 72 de la Ley N 4.977;
Que, cabe destacar que, para acceder a la renovación de una concesión, la solicitante deberá abonar el canon establecido en la normativa;
BO-2018-5355-DGCCON

página 150 de 438

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 17/4/2018

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha17/04/2018

Nro. de páginas439

Nro. de ediciones5626

Primera edición06/08/1996

Ultima edición12/07/2024

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