Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 25/1/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5302 - 25/01/2018

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 81

Que el 13 de Enero de 2017, el Sr. Jorge Luis Peluffo en carácter de propietario del inmueble, interpuso "Recurso de Reconsideración con Jerárquico en subsidio"
cuestionando lo dispuesto por la Disposición N 2820- DGFYCO/16;
Que atento la fecha de articulación del recurso mencionado, el mismo debe ser considerado como Recurso Jerárquico directo a tenor de lo prescripto por el Artículo 113 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510-GCBA/97;
Que el argumento de la vulneración del debido proceso y la indefensión por ser defectuosa la notificación de la Disposición N 2820-DGFYCO/16 sostenido por el recurrente, no puede tener cabida por cuanto como tiene establecido la doctrina, el recurrente supuestamente deficientemente notificado, se dio por enterado y utiliza el recurso pertinente contra la resolución en cuestión, esto es, como recurso jerárquico directo, con lo cual no se observa que no se haya vulnerado el proceso adjetivo en el procedimiento por que el recurrente ejerció debidamente su defensa en juicio, en los términos del Artículo 18 de la manda constitucional;
Que asimismo, respecto al argumento esgrimido por el recurrente, en el sentido que existe una presentación en otro expediente administrativo electrónico, realizada por la administradora del Consorcio de Propietarios de Bulnes 2572, la Sra. Maria Julieta Arbizu, solicitando prorroga, a raíz de la intimación que realizo la Administración en Enero de 2016, para que se regularicen las obras en contravención obrantes en el EE.
2016-4881744-AGC, cabe señalar que ha transcurrido más de 1 año y medio desde su petición y aún no ha procedido a la regularización conforme se intimara, careciendo de todo asidero dicho planteo;
Que teniendo en cuenta las fundamentaciones esgrimidas por el recurrente en su presentación del 13 de Enero de 2017, no se advierten motivos y argumentos que desde el punto de vista jurídico determinen modificar el criterio sustentado por el organismo de aplicación al dictar la Disposición N 2820-DGFYCO/16, debiendo en consecuencia no hacerse lugar al recurso administrativo pendiente de tratamiento;
Que habiendo otorgado la debida intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por el artículo 115 de la Ley de Procedimientos Administrativos, dicho organismo asesor emitió el Dictamen Nº IF2017-13739547-PGAAIYEP opinando que "deberá desestimarse el recurso jerárquico directo interpuesto
Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 11 inciso e de la Ley Nº 2.624, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE
LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE
Artículo 1.- Desestímase el Recurso Jerárquico directo interpuesto por el Sr. Jorge Luis Peluffo, en carácter de propietario del inmueble sito en la calle Bulnes N 2572, 7
piso, Unidad Funcional N 21 de esta Ciudad, contra la Disposición N 2820DGFYCO/16.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Cumplido, archívese. Bousquet p/p
BO-2018-5302-DGCCON

página 81 de 350

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 25/1/2018

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha25/01/2018

Nro. de páginas351

Nro. de ediciones5632

Primera edición06/08/1996

Ultima edición22/07/2024

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