Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/12/2017

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5278 - 20/12/2017

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 79

Artículo 4.- Los importes a abonarse se depositarán en la cuenta corriente o caja de ahorro del Banco Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos serán comunicados por los contratados a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Contaduría, a la Dirección General Administración de Recursos Humanos de Seguridad, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad. Cumplido, archívese. Sirito
ANEXO

RESOLUCIÓN N. 257/ISSP/17
Buenos Aires, 14 de diciembre de 2017
VISTO:
La Ley N 5.688, las Resoluciones N 14/ISSP/13, N 6/ISSP/17 y N 174/ISSP/17, la Nota N
28079281/SAISSP/17, el Expediente Electrónico N
28082931/MGEYA/SGISSP/17, y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de apoyo de la conducción política del mencionado Sistema, siendo además el órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores involucrados, entre los que se destaca el personal con estado policial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires y el Cuerpo de Bomberos de la Ciudad Artículo 366 y siguientes Ley Nº 5.688;
Que la Policía de la Ciudad es una institución civil armada, jerarquizada profesionalmente, depositaria de la fuerza pública del Estado en el ámbito de la Ciudad Artículo 69 Ley 5.688 y cumple funciones de seguridad general, prevención, conjuración, investigación de los delitos, protección y resguardo de personas y bienes, y de auxiliar de la justicia Artículo 68 Ley 5.688;
Que el estado policial confiere derechos esenciales, entre los que se encuentra el desarrollo de la carrera profesional y los ascensos conforme a las normas reglamentarias Artículo 108 incisos 6 y 7 Ley 5.688, a la par que impone el deber de desempeñar los cargos, funciones y comisiones del servicio dispuestas por la superioridad o autoridad competente y asistir a las actividades de capacitación, actualización, entrenamiento y especialización que establezca el Instituto Superior de Seguridad Pública Artículo 109 incisos 8 y 9 Ley 5.688;

BO-2017-5278-DGCCON

página 79 de 454

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/12/2017

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha20/12/2017

Nro. de páginas455

Nro. de ediciones5642

Primera edición06/08/1996

Ultima edición05/08/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2017>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31