Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/11/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5256 - 16/11/2017

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 148

CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita el contrato de Régimen de Concertación formalizado por el señor Director Ejecutivo del Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires PROTEATRO con el Grupo "MARY MACHINE PRODUCCIONES", representado en este acto por la señora María José Escobar Cruz, CUIT/CUIL 27-94718047-4, para la puesta en escena de la pieza teatral denominada "Hermanos Van Gogh";
Que PROTEATRO ha asignado al Grupo "MARY MACHINE PRODUCCIONES", en concepto de contribución la suma de PESOS VEINTE MIL $20.000.- conforme lo establecido en la cláusula tercera del presente convenio;
Que el modelo de contrato aplicado al presente caso se ha ajustado a lo propuesto por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en su Dictamen correspondiente.
Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por las Leyes Nros. 156 y 2.945, el Decreto Nº 845-GCBA-00 y su modificatorio Nº 763-GCBA-05 y lo normado por la Ley Nº 5.460, EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébase el Contrato de Régimen de Concertación formalizado por el señor Director Ejecutivo del Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires PROTEATRO con el Grupo "MARY
MACHINE PRODUCCIONES", representado en este acto por la señora María José Escobar Cruz, CUIT/CUIL 27-94718047-4, para la puesta en escena de la pieza teatral denominada "Hermanos Van Gogh", por una contribución de PESOS VEINTE MIL
$20.000.- y con sujeción a las restantes condiciones pactadas.
Artículo 2º.- El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la cláusula sexta del mencionado convenio.
Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden General de Pago, a favor de la señora María José Escobar Cruz.
Artículo 4º.- La representante deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deposite la contribución correspondiente.
Artículo 5º.- La representante se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 6º.- El gasto que demande la presente será imputado a la respectiva partida presupuestaria en vigor.
Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase , para su conocimiento y demás efectos al Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires PROTEATRO.y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Petitt
BO-2017-5256-DGCCON

página 148 de 414

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/11/2017

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha16/11/2017

Nro. de páginas415

Nro. de ediciones5627

Primera edición06/08/1996

Ultima edición15/07/2024

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