Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/11/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5247 - 03/11/2017

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 38

Artículo 4.- El presente gasto se imputará a la partida presupuestaria de los ejercicios correspondientes subordinado al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos.
Artículo 5.- Déjase constancia que las notificaciones y publicaciones efectuadas por BAC, se realizarán de acuerdo a lo fijado en el Artículo 85 del Anexo I del Decreto N
326/GCABA/17.
Artículo 6º.- Remítase la orden de publicación al Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de tres 3 días, previéndose nueve 9 de antelación al llamado, tal como lo establece el Artículo 100 del Anexo I del Decreto N
326/GCABA/17.
Artículo 7.- Publíquese en Internet en el sitio del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en dos 2 diarios locales de amplia difusión.
Artículo 8.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Dirección Administración Departamento Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite. Anexo I: IF-2017-25118158-AGIP Ballotta
ANEXO

RESOLUCIÓN N. 386/AGIP/17
Buenos Aires, 31 de octubre de 2017
VISTO:
LA RESOLUCIÓN N 377/AGIP/2017; LA LEY 2603 texto consolidado según Ley 5666 Y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 377/AGIP/2017 se ha hecho lugar a la renuncia presentada por el Mandatario Dra. Daniela Schiavoni, DNI Nº 17.732.542, a cargo de la sección Nº 115;
Que resulta acertado reasignar la deuda otorgada oportunamente al Mandatario Judicial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires precitado, a otro que se encuentre debidamente habilitado, a fin de proteger adecuadamente el crédito del Fisco Local.
Por ello, y en atención a las facultades que le son propias, EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE
Artículo 1.- Reasígnese la deuda oportunamente conferida del Mandatario renunciante, al profesional que se detalla en el Anexo I que forma parte de la presente.
Artículo 2.- Esta administración establecerá a partir de la fecha de vigencia de la presente, cuales serán las ejecuciones fiscales que se entregaran.
Artículo 3.- La presente resolución tendrá vigencia a partir de la notificación al Mandatario Judicial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

BO-2017-5247-DGCCON

página 38 de 458

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/11/2017

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha03/11/2017

Nro. de páginas459

Nro. de ediciones5636

Primera edición06/08/1996

Ultima edición26/07/2024

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