Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/11/2017
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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 5246 - 02/11/2017
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 59
Que la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional ha constatado que los Cursos precitados han cumplido con los requisitos establecidos en la Resolución N 1787/MSGC/2016;
Que resulta necesario convalidar el dictado de los cursos señalados previamente, a fin de poder emitir correctamente los respectivos certificados para quienes completen dichas capacitaciones.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE
Artículo 1.- Amplíase el Anexo IF-2017-17639619-DGDIYDP de la Resolución N
1759/MSGC/2017 a fin de incluir los cursos de capacitación que se detallan en el Anexo IF-2017-24325892-DGDIYDP, el cual forma parte integrante de la presente.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional. Cumplido, archívese. Bou Pérez
ANEXO
RESOLUCIÓN N. 669/SSASS/17
Buenos Aires, 27 de octubre de 2017
VISTO:
La CO/NOTA/23840476/DGRFISS/2017, el Decreto Nº 224/GCABA/2013, la Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/2013, Resolución Nº 1619/GCABA/MHGC/2013, Resolución Nº 2390/MHGC/2014, Resolución 1727/GCABA/MHGC/2015 y Resolución N 2720/GCABA/MHGC/2016; y CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto Nº 224/GCABA/2013 complementado por Resolución Nº 1619/GCABA/MHGC/2013, rectificada por Resolución Nº 2390/MHGC/2014, Resolución 1727/GCABA/MHGC/2015 y Resolución N 2720/GCABA/MHGC/2016; se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y los/as funcionarios con rango equivalente dentro de dicha jurisdicción, a contratar a personas bajo los regímenes de locación de servicios o de obra, dentro de sus disponibilidades presupuestarias y hasta un monto máximo de pesos CINCUENTA Y CINCO MIL $ 55.000 mensuales por contrato;
Que, dicho Decreto establece en sesenta 60 días corridos el plazo máximo que podrá transcurrir desde el inicio de una prestación celebrada bajo el régimen de locación de servicios o de obra, hasta la firma de la respectiva Resolución autorizante;
Que, por las presentes actuaciones se tramita la contratación bajo la figura de locación de servicios, correspondiente al año 2017;
Que, por dicho Decreto Nº 224/GCABA/2013 se establece que la Locación de Obras y Servicios deberá tramitar por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-;
BO-2017-5246-DGCCON
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