Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/10/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5237 - 20/10/2017

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 90

Que a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución Conjunta Nro.
18/SECLYT/12, los responsables de fondos, designados mediante las Resoluciones Nro. 557/MJySGC/17 y 662/MJySGC/17, procedieron a firmar la planilla de resumen trimestral, la que quedó registrada bajo el IF Nro. 23403727/SSGOS/17;
Que por lo expuesto resulta pertinente el dictado de la norma legal que apruebe la rendición del gasto de los fondos asignados a movilidad.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N501/12;
EL SUBSECRETARIO
DE LA SUBSECRETARIA GESTION OPERATIVA DE SEGURIDAD
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1.- Apruébase el gasto del fondo de movilidad, correspondiente al tercer trimestre del año 2017, otorgado a la Subsecretaria de Gestión Operativa de Seguridad en el marco del Decreto N 501/12, por un monto total de pesos treinta mil $ 30.000, según el detalle consignado en el Anexo IF Nro. 23403727/SSGOS/17, el que forma parte integrante de la presente.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos.
Cumplido, Archívese. Najenson
ANEXO

RESOLUCIÓN N. 65/SSAGARHS/17
Buenos Aires, 12 de octubre de 2017
VISTO:
El Decreto N 224/13, la Resolución Conjunta N 11-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT13 y su modificatoria Resolución Conjunta N 10-MHGC-MMGC-MJGGC-SECLyT-14 y los expedientes que se detallan en el Anexo N IF-2017-23543160-SSAGARHS que forma parte integrante de la presente norma, y CONSIDERANDO:
Que por las mencionadas actuaciones tramitan las contrataciones de diversas personas, para prestar servicios en la Subsecretaría de Gestión Administrativa y de Recursos Humanos de Seguridad y en la Subsecretaria de Gestión Operativa de Seguridad;
Que por el Decreto N 224/13 se estableció que la contratación, modificación, ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios, deberán tramitar utilizando el Módulo LOyS del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE;
Que, en el artículo 2 del citado Decreto se facultó al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los funcionarios con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo de pesos veinte mil $20.000, mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad presupuestaria;
BO-2017-5237-DGCCON

página 90 de 533

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/10/2017

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha20/10/2017

Nro. de páginas534

Nro. de ediciones5639

Primera edición06/08/1996

Ultima edición31/07/2024

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