Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/10/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5225 - 03/10/2017

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 82

"Andrés ElsteinAndrés Elstein CUIT 2331873232-9, por una contribución de PESOS NUEVE MIL $ 9.000.-.
Artículo 2º.- El beneficiario debe dar estricto cumplimiento al contrato de concertación que se aprueba por el presente, cumpliendo con el objeto del mismo y con la rendición de cuentas en los plazos allí establecidos.
Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden General de Pago, a favor del señor Andrés Elstein.
Artículo 4º.- El beneficiario debe proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorros en el Banco Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deposite la contribución correspondiente.
Artículo 5º.- El beneficiario se compromete a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 6º.- El gasto que demande la presente es imputado a la respectiva partida presupuestaria en vigor.
Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase, para su conocimiento, notificación y demás efectos, a la Gerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural y gírese a la Dirección General de Contaduría.
Petitt
RESOLUCIÓN N.º 8467/MCGC/17
Buenos Aires, 12 de septiembre de 2017
VISTO:
La Ley Nº 3.022, el Decreto Nº 868-10 y su modificatorio Nº 902-10, las Resoluciones Nros. 1.281-MCGC-16, 2.874-MCGC-16, 3.081-MCGC-11, 1.450-MCGC-12 y 2.310MCGC-17 y el Expediente Electrónico Nº 19.130.841/MGEYA-DGTALMC/17, y CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Nº 3.022 se creó el Régimen de Concertación para la Promoción de la Actividad Musical No Dependiente del Ámbito Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de proteger, propiciar y fomentar la actividad musical en vivo en todos sus géneros, y por el Decreto Nº 868/10 y su modificatorio Decreto Nº 902/10 se ha reglamentado dicha ley y se crea el Instituto BAMUSICA;
Que por Resoluciones Nº 1.281-MCGC-16, Nº 2.874-MCGC-16 y N 2.310-MCGC-17
se designan los miembros del Directorio del Instituto BAMUSICA, por Resolución Nº 3.081-MCGC-11 se aprueban los modelos de contratos para viabilizar la ejecución de mencionado Régimen y el otorgamiento de los subsidios correspondientes y por Resolución Nº 1.450-MCGC-12 se determinan las normas complementarias estableciendo los requisitos a ser cumplidos por los aspirantes a obtener los beneficios previstos en la Ley citada ut supra;

BO-2017-5225-DGCCON

página 82 de 384

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/10/2017

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha03/10/2017

Nro. de páginas385

Nro. de ediciones5622

Primera edición06/08/1996

Ultima edición05/07/2024

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