Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/10/2017
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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 5224 - 02/10/2017
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 154
Que en los presentes actuados tramita la petición de la señora Victoria Cornejo CUIT
27-29394859-9, con domicilio constituido en La Pampa 2817 3 A de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitando que el proyecto N 5270/RPC/16 titulado "PRIMER BANDA SOLAR DE LA ARGENTINA" sea incluido en el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la aspirante a beneficiaria ha solicitado la suma de $ 248.737,51.-;
Que el Consejo de Promoción Cultural ha resuelto sobre el interés cultural del proyecto, concediéndole hasta la suma máxima de $ 180.000.-;
Que la Gerencia Operativa de Regímenes de Promoción Cultural ha dictaminado que el proyecto cumple con las formalidades establecidas en la Resolución N 648-MCGC10 y en el instructivo publicado oportunamente, manifestando que no hay observaciones que realizar y por tanto eleva el proyecto a los fines de su consideración en los términos del artículo 9 inc. C de la Ley N 2.264.
Por ello y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N 2.264 y el Decreto N
886/07, EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébase el proyecto N 5270/RPC/16 titulado "PRIMER BANDA SOLAR
DE LA ARGENTINA", presentado por la señora Victoria Cornejo CUIT 27-29394859-9, por resultar el mismo de interés cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- Establécese que el financiamiento del proyecto aprobado podrá alcanzar la suma máxima de $ 180.000.-.
Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase, para su conocimiento, notificación y demás efectos, a la Gerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural. Petitt
RESOLUCIÓN N.º 8446/MCGC/17
Buenos Aires, 12 de septiembre de 2017
VISTO:
La Ley Nº 3.022, el Decreto Nº 868-10 y su modificatorio Nº 902-10, las Resoluciones Nros. 1.281-MCGC-16, 2.874-MCGC-16, 3.081-MCGC-11, 1.450-MCGC-12 y 2.310MCGC-17 y el Expediente Electrónico Nº 13.625.875/MGEYA-DGTALMC/17, y CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Nº 3.022 se creó el Régimen de Concertación para la Promoción de la Actividad Musical No Dependiente del Ámbito Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de proteger, propiciar y fomentar la actividad musical en vivo en todos sus géneros, y por el Decreto Nº 868/10 y su modificatorio Decreto Nº 902/10 se ha reglamentado dicha ley y se crea el Instituto BAMUSICA;
BO-2017-5224-DGCCON
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