Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 12/9/2017
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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 5210 - 12/09/2017
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 109
Que, por dicho Decreto Nº 224/GCABA/2013 se establece que la Locación de Obras y Servicios deberá tramitar por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-;
Que, la persona a contratar no se encuentra inscripta en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por la Ley Nº 269;
Que, asimismo, la persona que se indica en el Anexo I, que figura en el IF/2017/12921410/DGAYDRH, ha declarado bajo juramento que no se encuentra revistando en la Planta Permanente o Transitoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni se halla vinculada con éste, por contrato alguno o en calidad de pasante o asistente técnico por convenios con alguna Universidad y que no percibe ningún subsidio por razones de falta de empleo.
Por ello, EL SUBSECRETARIO DE
ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º.-Autorízase la contratación bajo la figura de locación de obras, de la Sra.
Verónica Soledad Mutto, DNI - 31.661.891, en la Dirección General de Coordinación, Tecnologías y Financiamiento en Salud, de la Subsecretaria de Planificación Sanitaria, según modo y forma que se detalla en el Anexo I, que figura en el IF/2017/12921410/DGAYDRH.
Artículo 2º.- Delégase en el titular de la Dirección General de Coordinación, Tecnologías y Financiamiento en Salud, la suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes.
Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales en una Orden de Pago, correspondiente a lo mencionado en el art. 1º de la presente.
Artículo 4º.- A los efectos del cobro, mensualmente deberán adicionarse las certificaciones de obras correspondientes.
Artículo 5º.- Los importes a abonarse se depositarán en las cuentas corrientes o cajas de ahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires cuyos datos fueran comunicados por los contratados a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto del año 2017.
Artículo 7º.- Comuníquese a la Secretaría Legal y Técnica para su Registro y publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda con soporte Magnético de la presente y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos de Salud. Fecho, vuelva a esta Ministerio. Cumplido, archívese. Ruete
ANEXO
RESOLUCIÓN N. 556/SSASS/17
Buenos Aires, 5 de septiembre de 2017
VISTO:
El Decreto Nº 224/2013, las Resoluciones Nos. 46/SSASS/2017, 211/SSASS/2017 y
BO-2017-5210-DGCCON
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