Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/3/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5094 - 23/03/2017

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.º 110/MJGGC/17
Buenos Aires, 20 de marzo de 2017
VISTO:
La Ley N 471 Texto Consolidado por Ley N 5.666, el Decreto 363/15 y modificatorios, las Resoluciones Nros. 446-MHGC/16; 2262-SSGRH/16 y 214MHGC/17, y el Expediente Electrónico N 2017-03723022-MGEYA-DGPLYCO, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 44 de la Ley N 471 establece que el régimen de prestación de servicios de los trabajadores de Gabinete de las Autoridades Superiores estará reglamentado por el Poder Ejecutivo;
Que mediante el Decreto N 363/15 instituyó el Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores, que se integra con las Unidades Retributivas allí indicadas;
Que la Resolución N 446-MHGC/16 establece las pautas de administración del excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular de Plantas de Gabinete asignadas y no utilizadas en los términos del Decreto antes referido;
Que en tal sentido, la citada Resolución en su artículo 1 inciso b establece la pauta de "Bonificación Extraordinaria" consistente en "un incentivo destinado a premiar la productividad y recompensar iniciativas o méritos relevantes que redunden en una mayor eficacia en el desempeño de las tareas asignadas al personal de planta permanente, transitoria y de régimen gerencial. La cantidad de unidades retributivas a distribuir en concepto de Bonificación Extraordinaria estará conformada por la sumatoria del excedente mensual de hasta un veinte por ciento 20% de las Unidades Retributivas asignadas y no utilizadas por la Autoridad Superior en el marco del Régimen Modular de Plantas de Gabinete vigente
Que la Resolución N 2262-SSGRH/16, aprueba el procedimiento administrativo para la asignación de la "Bonificación Extraordinaria", en el marco de la Resolución N 446MHGC/16;
Que la Resolución N 214-MHGC/17, amplia los términos del inciso b del artículo 1
de la Resolución 446-MHGC/16, estableciendo que el monto máximo a percibir por el agente, no podrá superar la suma equivalente a 2 dos remuneraciones bruta normal y habitual al momento de cierre de cada ejercicio;
Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, ha tomado la intervención propia de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE
Artículo 1º.- Autorícese el pago en concepto de "Bonificación Extraordinaria" a los agentes detallados en el Anexo I IF N 2017-7020943-DGTALMJG, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

Página 22

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/3/2017

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha23/03/2017

Nro. de páginas393

Nro. de ediciones5616

Primera edición06/08/1996

Ultima edición27/06/2024

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