Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 7/9/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4960 - 07/09/2016

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Disposición Vicejefatura de Gobierno
DISPOSICIÓN N. 63/DGPJ/16
Buenos Aires, 1 de septiembre de 2016
VISTO:
La Resolución N 399/GCABA/SECDC/13, las Disposiciones N 18/DGPJ/2014, el Expediente N 20411524/DGPJ/2016, y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 32 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires garantiza la difusión del patrimonio cultural, facilitando el acceso a los bienes culturales, fomentando las industrias del país, impulsando la formación artística y artesanal, promoviendo la capacitación profesional de los agentes culturales, así como protegiendo y difundiendo las manifestaciones de la cultura popular;
Que asimismo el Artículo 40 establece que "La ciudad garantiza a la juventud la igualdad real de oportunidades y el goce de sus derechos a través de acciones positivas que faciliten su integral inserción política y social
Que en este entendimiento se dictó la Resolución N 399/GCABA/SECDC/13 por la cual se creó el programa "Bandas x Barrios" en el ámbito de la Dirección General de Políticas de Juventud;
Que en el Anexo N I de la citada resolución se detallan los lineamientos generales donde se establece el objeto principal del programa siendo este "el de generar un circuito permanente de formación, exhibición y difusión de las distintas expresiones musicales de jóvenes artistas, a través de acciones formativas y de estímulo que, en conjunto con el desarrollo de alianzas estratégicas con los espacios culturales de la Ciudad de Buenos Aires, contribuyan al fomento de los recorridos profesionales de los jóvenes artistas";
Que en el punto dos 2 "Objetivos específicos", inciso primero se establece como objetivo específico "fomentar el desarrollo y formación de los músicos a través de su capacitación, clínicas y talleres relacionados al desarrollo profesional de los artistas a través del otorgamiento de becas";
Que por Artículo 2 de la Resolución ut supra mencionada se facultó a la Dirección General de Políticas de Juventud a dictar las bases y condiciones particulares del programa, las normas instrumentales, interpretativas y complementarias, y todo acto administrativo que fuera menester para la implementación del programa;
Que haciendo uso de estas facultades, se dictó la Disposición N 18/DGPJ/2014
estableciendo las condiciones particulares del programa;
Que por el Artículo 4 de dicho acto administrativo se requiere que "al momento de inscripción, cada banda deberá identificar cuál de los integrantes oficiará de representante frente a BxB";
Que asimismo el Artículo 5 estableció que dicho representante "tiene por función llevar a cabo la coordinación y comunicación entre ésta y BxB", y ser el responsable de la distribución de los fondos que en concepto de becas pudieran corresponderle a la banda;

Página 113

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 7/9/2016

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha07/09/2016

Nro. de páginas340

Nro. de ediciones5617

Primera edición06/08/1996

Ultima edición28/06/2024

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