Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/7/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4925 - 19/07/2016

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Artículo 2.- Se deja constancia que el presente acto no agota la vía administrativa pudiendo interponer contra el mismo el recurso de reconsideración en el plazo de diez días hábiles a contar de la fecha de la notificación o el recurso jerárquico en forma directa, en el plazo de quince días hábiles conforme los art. 103, 108 y concordantes de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobada por Decreto N1510- GCBA/97
BOCBA 310.
Artículo 3.- Regístrese, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y notifíquese por Cédula al interesado. Capelli
RESOLUCIÓN N. 157/SSMEP/16
Buenos Aires, 22 de junio de 2016
VISTO:
EL EXPEDIENTE ELECTRONICO N 4.139.673-MGEYA-MGEYA/2015, y CONSIDERANDO:
Que, presentación efectuada por el Sr. Bernardo Guillermo Soler DAngelo, quien solicita un resarcimiento por los daños que le habría provocado al vehículo marca Honda, modelo Fit LX, dominio IIE 897, la caída en un pozo en la intersección de la calle Bibiloni con la Avenida Figueroa Alcorta de esta Ciudad, el 06/03/2015;
Que, la presentación efectuada en el orden 3, será considerada como simple petición en los términos del art. 14 de la Constitución Nacional;
Que, se le ha dado intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, conforme a los términos del art. 10 inc. C de la Ley 1218;
Que, el peticionante solicita el pago de un resarcimiento por los daños que le habría provocado al vehículo de referencia, la caída en un pozo en la intersección de la calle Bibiloni y la Avenida Figueroa Alcorta de esta Ciudad, el 06/03/2015 orden 3;
Que, a fin de acreditar las circunstancias alegadas, acompaña la siguiente documentación en el orden 3: 1.- Copia fiel del título de propiedad del mencionado automotor, acreditando de tal forma su calidad de propietario. 2.- Copia fiel de la póliza del seguro contratado con la segunda SEGUROS GENERALES, cuyo plan de cobertura abarca el accidente parcial, con una franquicia de pesos dos mil novecientos $2.900.-. 3.- Un presupuesto y una factura;
Que, el Ente de Mantenimiento Urbano Integral indica, mediante informe de fecha posterior al supuesto siniestro: se procedió a la reparación del cordón en la esquina de la calle Bibiloni y Av. Figueroa Alcorta con la intervención de la empresa Maquivial S.A. adjudicataria de la Zona 2 del Previal III orden 30;
Que, con carácter preliminar, estimo conveniente recordar que el reconocimiento de la responsabilidad estatal por su actividad tanto lícita como ilegítima, exige para su procedencia el cumplimiento de ciertos requisitos imprescindibles, esto es: la existencia de un daño actual y cierto, b la relación de causalidad entre el accionar lícito o ilícito del Estado y aquél perjuicio y, c la posibilidad de imputar jurídicamente esos daños a dicho Estado cfr. CSJN, Fallos: 306:2030; 307:821; 318:1531; 320:113;
321:1776; 321:2144; entre otros;

Página 149

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/7/2016

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha19/07/2016

Nro. de páginas318

Nro. de ediciones5641

Primera edición06/08/1996

Ultima edición02/08/2024

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