Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 30/6/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4913 - 30/06/2016

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos
ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
Notificación - E.E. N 35.941.091/MGEyA-DGR/15
La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica a la contribuyente ESPUÑA S.R.L., los términos de la Resolución N
1220/DGR/2016, de fecha 11de Mayo de 2016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación.
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1º.- Instruir sumario a la firma ESPUÑA S.R.L., en su carácter de Agente de Recaudación del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, inscripta como tal bajo el Nº 11062-9, C.U.I.T. Nº 30-70227510-1, con domicilio fiscal en la calle 11 de Setiembre Nº 1031, Localidad de Pergamino, Partido de Pergamino, Provincia de Buenos Aires, por la comisión presunta de la infracción prevista y sancionada en el párrafo primero del artículo 113 del Código Fiscal -t.o. 2015 con las modificaciones introducidas mediante la Ley N 5493 B.O. N 4792 del 04/01/2016- y disposiciones concordantes de años anteriores.
Artículo 2º.- Conferir vista de estas actuaciones a la sumariada para que en el término de los quince 15 días, contados a partir del siguiente hábil al de la notificación de esta Resolución, exprese por escrito su descargo, ofrezca y produzca las pruebas que hagan a su derecho, debiendo el presentante acreditar la personería invocada de no estarlo en la actuación, bajo apercibimiento de su no consideración en la resolución de la causa.
Artículo 3º.- Intimar a la responsable para que dentro del término de quince 15 días de notificada esta Resolución, declare si ha interpuesto demanda impugnativa contra un acto administrativo sancionatorio dictado por esta Administración Tributaria con anterioridad, aportando en caso afirmativo, los elementos conducentes a su fehaciente acreditación, y a los fines de realizar un correcto encuadre de su situación infractora, conforme lo pautado por los artículos 111 y 112 del Código Fiscal -t.o. 2015 con las modificaciones introducidas mediante la Ley N 5493 B.O. N 4792 del 04/01/2016- y disposiciones concordantes de años anteriores, todo ello bajo apercibimiento de resolver las presentes conforme las constancias de autos.
Artículo 4º.- Intimar a ESPUÑA S.R.L., para que dentro del término de quince 15 días de notificada esta Resolución, acredite en la presente actuación toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiera tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se la intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta
Página 301

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 30/6/2016

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha30/06/2016

Nro. de páginas309

Nro. de ediciones5637

Primera edición06/08/1996

Ultima edición29/07/2024

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