Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/6/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4905 - 16/06/2016

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Agencia de Protección Ambiental
DISPOSICIÓN N. 45/DGTALAPRA/16
Buenos Aires, 10 de junio de 2016
VISTO:
La Ley Nº 2.628, los Decretos Nº 556/GCBA/10, el Decreto Nº 752/GCBA/10, la Resolución Conjunta Nº 5/SECLYT/14, Resolución Nº 68/APRA/2012, la Resolución 463/APRA/2015, el EE Nº 2015-34226129-DGTALAPRA, el EE Nº 2016-09995486MGEYA-DGTALAPRA y, CONSIDERANDO:
Que por las presentes se propicia dar por aprobado el gasto correspondiente a las expensas ordinarias del local sito en la calle Belgrano 1429/33 U.F. 2, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, destinado a oficinas administrativas de gestión y atención al público de esta Agencia;
Que cuadra señalar que por Resolución Nº 68/APRA/2012 se aprobó la Contratación Directa Nº 9616/SIGAF/2011, teniendo como objeto la locación administrativa del inmueble sito en la calle Belgrano 1429/33 U.F. 2, de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo a las cláusulas del contrato de locación administrativa, por el período 1/2/2012
al 30/01/2015;
Que por Resolución Nº 463/APRA/2015 se aprobó la prórroga del contrato de locación administrativa mencionado anteriormente por el término de 36 meses, contados desde el 1/2/2015 al 31/01/2018, como Cláusula Adicional del Contrato de Locación de Administrativa aprobado por la Resolución Nº68/APRA/12;
Que en la cláusula octava del contrato de locación administrativa aprobado por la Resolución Nº 68/APRA/2012, y vigente según lo dispuesto en la cláusula sexta de la adenda aprobada por Resolución 463/APRA/2015, se estableció la obligación por parte de esta Agencia del pago de todas las expensas ordinarias, exceptuándola del pago de las expensas extraordinarias;
Que a los fines de la aprobación de gastos, corresponde señalar que el Anexo I, Etapa III, de la Resolución Conjunta Nº 5/SECLYT/14 prevé: "A fin de gestionar el pago de la liquidación de las expensas del inmueble, mensualmente, la repartición solicitante deberá aprobar el gasto, mediante acto administrativo, conforme el cuadro de competencias, aprobado por Decreto N 556/10 y modificatorios o la norma que en el futura sic la reemplace";
Que a fin de hacer efectiva nuestra obligación de pago de las expensas ordinarias, en varias oportunidades esta Agencia, incurrió en el error de intimar a la administración del consorcio de propietarios del inmueble en cuestión a realizar la apertura de una cuenta en el Banco Ciudad, como proveedor del Gobierno de la Ciudad, para hacer efectivos los depósitos correspondientes;
Que ante la negativa por parte de la administración del consorcio de propietarios a abrir una cuenta en el Banco Ciudad, esta Agencia no efectuó los pagos por las expensas ordinarias durante varios períodos, devengándose así también los intereses correspondientes;
Que ante el conflicto suscitado esta Agencia dio intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Este organismo asesor emitió su dictamen agregado
Página 249

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/6/2016

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha16/06/2016

Nro. de páginas340

Nro. de ediciones5624

Primera edición06/08/1996

Ultima edición10/07/2024

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