Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/1/2016
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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 4806 - 22/01/2016
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 162
apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de los actuados, según las constancias obrantes en los mismos, asumiendo la contribuyente la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que le pudieran sobrevenir, especialmente las costas judiciales.
Artículo 5º.- Regístrese; notifíquese de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32
del Código Fiscal T.O. 2015, con copia de la presente y resérvese. Balestretti Manuel E. Balestretti Subdirector General de técnica Tributaria
EO 36
Inicia: 20-1-2016
Vence: 22-1-2016