Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/11/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4773 - 26/11/2015

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Que el Consejo de Promoción Cultural ha resuelto sobre el interés cultural del proyecto, concediéndole hasta la suma máxima de $ 112.732.-;
Que el Subgerente Operativo de Regímenes de Promoción Cultural ha dictaminado que el proyecto cumple con las formalidades establecidas en la Resolución N 648MCGC-10 y en el instructivo publicado oportunamente, manifestando que no hay observaciones que realizar y por tanto eleva el proyecto a los fines de su consideración en los términos del artículo 9 inc. C de la Ley N 2.264.
Por ello y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N 2.264 y el Decreto N
886/07, EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébase el proyecto N 3168/RPC/15 titulado "La memoria y el árbol", presentado por la señora Cinthia Judith Chomski CUIT 27-31873005-4, por resultar el mismo de interés cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- Establécese que el financiamiento del proyecto aprobado podrá alcanzar la suma máxima de $ 112.732.-.
Artículo 3º.- Pase, para su conocimiento, a la Subgerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notificar a la interesada. Lombardi
RESOLUCIÓN N. 7353/MCGC/15
Buenos Aires, 23 de septiembre de 2015
VISTO:
La Ley N 2.264, los Decretos Nros. 886/07, su modificatorio 1.135/09 y 451/10 y las Resoluciones Nros. 648-MCGC-10 y 1.395-MCGC-10 y el Expediente Electrónico N
23.443.750/MGEYA-DGTALMC/15, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 2.264 creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dicha Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de la misma y en ese carácter le encomienda funciones, entre las que se encuentra la aprobación de todos los proyectos que cuenten con resolución favorable del Consejo de Promoción Cultural;
Que el artículo 6 de la Ley N 2.264 crea el Consejo de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 9 de la Ley define las atribuciones del mencionado Consejo, entre las que se encuentra la de resolver sobre el interés cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los proyectos presentados según lo dispuesto en la misma y su reglamentación, como asimismo elevar a la a autoridad de aplicación, a los fines de su aprobación, los proyectos que obtengan resolución favorable en razón del interés cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que los artículos 12 al 16 de la Ley N 2.264 establecen las normas relativas a las personas físicas y jurídicas sin fines de lucro que pueden constituirse en beneficiarios en el marco del Régimen de Promoción Cultural;

Página 73

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/11/2015

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha26/11/2015

Nro. de páginas335

Nro. de ediciones5641

Primera edición06/08/1996

Ultima edición02/08/2024

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