Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 7/10/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4738 - 07/10/2015

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
CONSIDERANDO:
Que este Ministerio de Justicia y Seguridad mediante Resolución Nº 669-MJYSGC-10, ordenó la instrucción del presente sumario administrativo a fin de investigar los hechos y deslindar responsabilidades, con motivo de la denuncia efectuada en virtud de las irregularidades detectadas en el Operativo Escolar 2009 de la Circunscripción Nº 13, siendo responsable de dicho operativo la agente Rosa Beatriz Torrón D.N.I. Nº 21.613.312, Contrato de Empleo Público-Decreto Nº 948/05 -Resolución Nº 959;
Que entre los antecedentes agregados a las actuaciones se encuentran la Nota N
142.505-DGRC-10 mediante la cual la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas requirió la instrucción de un sumario administrativo con motivo de los hechos denunciados por la Jefa de Departamento A/C de la Región "D" y la Jefa de Departamento A/C de la Región "A" de la Dirección de Documentación relacionadas con irregularidades advertidas en el Operativo Escolar 2009, consistentes en la falta de registración en el sistema y en las planillas de trámites la actualización de DNI presentados por diversos ciudadanos;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires abrió la etapa de instrucción, en la que prestaron declaración testimonial los agentes Esther Beatriz Darsa DNI N 6.273.924, Isabel Estela Fernández F.C. N 338.472, Mirta Bentancourt F.C. N 219.266 y al agente José Carlos Leanza F.C. 245.850;
Que como prueba documental fueron agregadas por parte de la agente Isabel Estela Fernández fotocopias de varios talones de trámite de los ciudadanos afectados por los hechos investigados;
Que la agente Rosa Beatriz Torrón, F.C. 446.625, declaró en calidad de indagada, negando los hechos que se le imputaban;
Que se le formularon a la agente Rosa Beatriz Torrón F.C. 446.625, los siguientes cargos: 1 No haber entregado oficialmente a los fines de su registración en el sistema informático y posterior tramitación, los formularios de trámite de actualización de DNI que personalmente generó en operativos escolares a su cargo en el año 2009, correspondiente a los siguientes ciudadanos: Zoe Blaksley DNI 37.228.726, Karen Zen Eckell DNI 37.121.049, Milena Curbelo Sirkin - DNI 37.432.774, Camila Juana Wahnon DNI 37.905.857, Ignacio Noceti - DNI 37.859.058, Franco Luciano Donatti DNI
37.842.903, Felipe Hipólito León - DNI 37.607.127, Mariano Ezequiel Navarro - DNI
37.844.161, Romina Tustanovsky DNI 37.948.279, Guido Lanzani - DNI 37.805.241, María Belén Veca - DNI 37.143.178, Mariana Zolezzi DNI 37.680.160, Sebastián Pablo Susnik - DNI 37.786.183, Germán Oscar Sarda DNI 37.823.068, Axel Pablo Angio - DNI 37.905.493, Facundo Hugo Marsá - DNI 37.837.140, Ignacio Pérez Costa - DNI 37.247.308, Iván Kharsansky Atallah - DNI 37.837.135, Dante Campagno Distasi DNI 36.528.458, Rodrigo Miranda de Calvo - DNI 37.753.081, Julián Alagastín - DNI
36.159.460, Antonella Furchi - DNI 37.376.281, María Laura Vega - DNI 37.185.099, Sebastián Allende - DNI 37.378.650, Thomas Rifé - DNI 37.480.632, Facundo Rifé DNI 37.480.633, Federico Barisani - DNI 37.754.293, María Clara Hernández Cañas
DNI 37.842.906, Francisco Ernesto Marín - DNI 37.823.055, Francisco Miorin - DNI
37.835.242, Pablo Ariel Merlo - DNI 37.274.096 y Nicolás El Lakkis - DNI 36.593.083, lo que motivó la invalidez de esos trámites y 2 Haber percibido los aranceles correspondientes a los trámites detallados precedentemente, pese a no haberle dado curso a la tramitación de los mismos;
Que notificada que fuese la administrada para presentar el alegato pertinente, la misma presentó un escrito ofreciendo y solicitando la producción de prueba, requiriendo por ese medio una prorroga y subsidiariamente presentando su alegato;
Que en respuesta a lo solicitado el organismo instructor resolvió que al momento de presentar la pieza procesal en cuestión se encontraba decaído el derecho a presentar descargo y ofrecer prueba por cuanto se encontraba precluida la etapa probatoria, sin perjuicio de tener por presentado en legal tiempo y forma el alegato;

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 7/10/2015

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha07/10/2015

Nro. de páginas219

Nro. de ediciones5626

Primera edición06/08/1996

Ultima edición12/07/2024

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