Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/7/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 4672 - 03/07/2015

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N. 847/MAYEPGC/15
Buenos Aires, 17 de junio de 2015
VISTO:
El Expediente N 1221088/2012 e incorporados, y CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita el Recurso Jerárquico incoado en subsidio del de Reconsideración por el señor Neter Javier Marcelo contra los términos de la Resolución N 142-SSMEP/2012;
Que en su oportunidad, el señor Neter solicitó resarcimiento económico por las lesiones que habría sufrido como consecuencia de una caída el día 16/09/2010 en la mitad de la senda peatonal de la Av. Ángel Gallardo al 800 esquina Olaya de esta Ciudad;
Que por el mentado acto administrativo se rechazó la petición efectuada, toda vez que el peticionante no cuantificó la indemnización que reclamaba ni tampoco aportó elementos probatorios eficaces, obtenidos de una manera imparcial que le hubiesen permitido a esta Administración tomar una decisión adecuada;
Que notificada que fuera la Resolución N 142-SSMEP/12, el interesado interpuso en legal tiempo y forma Recurso de Reconsideración con Jerárquico en subsidio de conformidad con los términos de los artículos 103 y 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, agraviándose el recurrente por considerar que la petición se encuentra fundada;
Que en ese estado se dictó la Resolución N 400-SSMEP/12, la cual se notificó, en virtud de la cual, la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, desestimó el recurso de reconsideración incoado por la recurrente, argumentando que en su oportunidad no se consideró la prueba ofrecida por el peticionante por resultar ello inconducente, toda vez que aunque el hecho se hubiere producido, no habría sido posible establecer la cuantía de un eventual resarcimiento; y asimismo, que el recurrente no aportó nuevos fundamentos que resulten suficientes para desvirtuar los términos de la Resolución recurrida;
Que en dicho contexto, se remitieron las actuaciones a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio, quien notificó al recurrente su posibilidad de ampliar los fundamentos del recurso jerárquico que opera en subsidio del de reconsideración, en el término de cinco 5 días, conforme los términos del artículo 107
de la Ley de Procedimientos Administrativos de esta Ciudad;
Que no obstante ello, el interesado no ha efectuado presentación alguna que modifique el criterio sustentado por dicha Resolución;
Que en consecuencia, no habiendo esgrimido el interesado argumentos que justifiquen que esta Administración se aparte del criterio oportunamente acogido, encontrándose el acto impugnado fundamentado y ajustado a derecho, corresponde rechazar el recurso jerárquico que opera en subsidio del de reconsideración, contra los términos de la Resolución N 142-SSMEP/2012;

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/7/2015

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha03/07/2015

Nro. de páginas367

Nro. de ediciones5638

Primera edición06/08/1996

Ultima edición30/07/2024

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