Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/5/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4640 - 19/05/2015

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Que explicó Villalba que debía solicitar a la Dirección de Difusión y Promoción de la que dependía, la que a su vez debe informar a la Dirección de Infraestructura para realizar reparaciones; y expuso que en el año 2012, la Dirección de Infraestructura solicitó un cerrajero para reformar las puertas y ventanas de la Casa de la Lectura y la Dirección de Gestión Operativa envió el dinero, siendo que estaba en condiciones de hacerlo antes;
Que la Subsecretaría que prestó el proyector conocía las precarias condiciones edilicias puesto que mantenía juicio con la empresa constructora de la Casa de la Lectura por falta de final de obra;
Que sostuvo que tampoco estaba en sus posibilidades llevar los bienes a otro lugar porque había un procedimiento preestablecido por parte de la Dirección de Difusión y Programación, área que contaba además con un vehículo para trasladarlos;
Que señaló que cuando concluyó la proyección a las 22.30 horas, ya no funcionaban ni la Dirección General del Libro ni la Subsecretaria de Patrimonio Cultural, por lo que tampoco podría haberlo llevado a otro lugar;
Que en cuanto a estos argumentos, se debe aclarar que no se le recrimina a la sumariada no haber trasladado el elemento a otro lugar después de haberlo utilizado, ni se le achaca no haber actuado como personal de vigilancia, tarea que no le correspondía, lo que se le critica es no haber solicitado a la superioridad oportunamente, las medidas que, sin demasiada inversión ni onerosidad para el Gobierno local, pudieron haberse implementado en el área a fin de evitar hechos como el ocurrido, tales como llaves, trabas, mayor luminosidad, etcétera;
Que por el contrario, la encartada no demostró haber solicitado a la superioridad la implementación de alguna de esas medidas en los sectores que componían el área que coordinaba, pues más allá de la prueba documental agregada, no existe una sóla nota, memorandum, mail, o requerimiento escrito suscripto por la encartada, con el que demuestre que actuó en forma contraria a la que el cargo le reprocha, por lo que se halla comprobada la materialidad del reproche en su contra;
Que los planes de seguridad implementados por la Dirección de Infraestructura, o la Dirección General del Libro, con posterioridad al suceso, no resultan útiles para desvirtuar el cargo en contra de Villalba, pues lo que hacen es corroborar que existían varias maneras de evitar o por lo menos, dificultar el robo perpetrado;
Que la inculpada impugnó la declaración testimonial del Director de Difusión y Programación, Javier Martínez, quien dijo que su responsabilidad concluyó cuando envió el proyector a la Casa de la Lectura, ya que su tarea era velar porque volviera inmediatamente, máxime sabiendo las condiciones de seguridad del área, pues fue solicitado quince días después; y expresó que no reparó en su falta porque era habitual que el Director de Difusión y Programación se llevase siempre elementos para usarlos en otras bibliotecas, sin considerar que debía firmar remito alguno; infiriéndose de este modo que la inculpada no se consideraba responsable de los bienes;
Que la ausencia del personal de seguridad en manos del Gobierno local no es una cuestión sometida a análisis, ya que es innegable que la disponibilidad de vigiladores lo determina la Comuna, aunque existían como se describiera anteriormente, otras medidas de seguridad mínimas que el ámbito requería y debía solicitarlas a las autoridades competentes;
Que señaló Villalba que la Dirección General ha elevado numerosas notas a la superioridad requiriendo servicio de seguridad y no se le permitió a la sumariada presentarlas, por lo que, se le podía requerir a la Dirección General del Libro; tal extremo no fue probado y las razones esgrimidas no resultan eximentes de la responsabilidad de Villalba en el cumplimiento de sus funciones;

Página 73

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/5/2015

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha19/05/2015

Nro. de páginas302

Nro. de ediciones5626

Primera edición06/08/1996

Ultima edición12/07/2024

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