Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 11/4/2012

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3889 - 11/04/2012

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N51

EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE
Artículo 1º.- Declárese resuelto, a partir del día 18 de junio de 2011, el contrato de locación de servicios, suscripto entre la AGC y el Sr. Adalberto Eduardo Roldan DNI
Nº 11.499.676 y CUIT Nº 23-11499676-9, quien prestaba funciones en la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, dependiente de esta AGC, en virtud de su fallecimiento.
Artículo 2º.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, y a la Dirección Administrativa y Financiera de la Dirección General Legal y Técnica y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras de la AGC.
Cumplido, archívese. Ibañez
RESOLUCIÓN N.º 429/AGC/11
Buenos Aires, 19 de octubre de 2011
VISTO:
el Decreto Nº 2008/03, la Resolución Nº 138-SECLYT/10 y la Carpeta Nº 1.028.970-DGFyCO/10, y CONSIDERANDO:
Que por la Carpeta citada en el VISTO tramita la búsqueda de la Nota Nº 3.254-DGFyCO/08, correspondiente a la finca sita en la calle Perón 1399, de esta ciudad;
Que, según surge de lo actuado, la mencionada Nota no ha podido ser localizada, pese a las exhaustivas averiguaciones practicadas;
Que, en virtud de ello, se procedió a publicar a través del Boletín Oficial respectivamente, la búsqueda de la citada Nota, conforme surge de fs. 6;
Que la reconstrucción de actuados se encuentra contemplada por el artículo 17 del Anexo del Decreto N 2008/03 BOCBA N 1818 y en el artículo 11 del Anexo I de la Resolución N 138-SECLyT/10, modificatoria del mencionado Decreto;
Que la norma citada en primer término establece que comprobada la pérdida o extravío de un actuado debe ordenarse su reconstrucción por Resolución emanada de funcionario con nivel no inferior a Director General;
Que al haber sido infructuosa la búsqueda, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 17 del Decreto Nº 2.008/03, corresponde ordenar la reconstrucción de la Nota mencionada ut-supra, sin perjuicio de que en el transcurso de tal diligencia se obtengan datos fehacientes del paradero del mismo;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia;
Por ello y de conformidad con lo establecido por el Decreto N 1.510-GCBA/97, lo previsto por el artículo 17 del Anexo del Decreto N 2008/03 y la Ley N 2624,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 11/4/2012

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha11/04/2012

Nro. de páginas220

Nro. de ediciones5628

Primera edición06/08/1996

Ultima edición16/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2012>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930