Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 13/10/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3768 - 13/10/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N19

Por ello, y en uso de las facultades conferidas.
EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE
Artículo 1º.- Autorizar el corte total de tránsito solicitado por el Arzobispado de Buenos Aires, de la calzada Av. Gral. Julio A. Roca entre Av. Escalada y Av. Lacarra, sin afectar bocacalles, el día sábado 15 de octubre 2011, en el horario de 14:15 a 14:45 y de 17:10 a 17:40 horas, con cobertura climática el día sábado 29 de octubre de 2011
en los mismos horarios, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, con motivo de realizar una Misa de Niños.
Artículo 2º.- El tránsito que pretenda circular por la calle que se afecta deberá desviarse por la transversal inmediata anterior al corte y retomar por la calle paralela mas próxima de igual sentido de circulación.
Artículo 3º.- Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148.
Artículo 4º.- Los solicitantes deberán arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y la Policía Metropolitana, y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96.
Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo, no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerda separada en las Áreas correspondientes.
Artículo 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación fehaciente y demás efectos, pase a la Policía Metropolitana, Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, y de Ordenamiento del Espacio Público. Presti
RESOLUCIÓN N. 1048/SSSU/11
Buenos Aires, 7 de octubre de 2011
VISTO:
Los Decretos Nº 2075-GCBA-2007 y el Decreto Nº 55-GCBA-2010, Resolución Nº 558-SsSU-SsPyCEP-SSTyT- 2006 y el expediente Nº 1.590.351/2011, y CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de cal es y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 13/10/2011

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha13/10/2011

Nro. de páginas115

Nro. de ediciones5636

Primera edición06/08/1996

Ultima edición26/07/2024

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