Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 13/9/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3747 - 13/09/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N52

CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones mencionadas en el Visto se dio aprobación mediante la Resolución Nº 112/MEGC/11 a la carrera correspondiente al plan de estudio Formación de Técnicos en Fotografía y Fotógrafos Profesionales, para su aplicación en la Escuela de Fotografía Creativa, incorporada a la Enseñanza Oficial con la característica A-1190;
Que en el artículo 2 de la citada Resolución se establece que el título de egreso correspondiente a la carrera en cuestión es el de Técnico Superior en Fotografía Creativa;
Que, sin embargo, se advierte que en el Anexo en el que se detallan los antecedentes, fundamentos y desarrollo del plan de estudio y que forma parte integrante de dicha Resolución, se exponen las razones que dan justificación al título que denomina como Fotógrafo Creativo;
Que, de acuerdo con las razones invocadas, se obtiene como conclusión y a título de síntesis, que la idea fuerza de las enseñanzas de la carrera tiene como seña de identidad la formación en creatividad, por lo que tal característica no reside fundamentalmente en los conocimientos técnicos y en el producto -fotografía creativasino, además en los elementos que fomenten la creatividad de los alumnos y el desarrollo de sus capacidades artísticas para concretarla;
Que, en virtud del criterio expuesto, a lo largo del referido Anexo no se emplea otra denominación para el título de la carrera que el de Fotógrafo Creativo;
Que en base a tales elementos de juicio la Rectoría del establecimiento formuló la solicitud de modificación del título consignado en el artículo 2 de la Resolución Nº 112/MEGC/11, reemplazándolo por el aludido en los anteriores considerandos, temperamento éste propiciado por la Dirección General de Educación de Gestión Privada y avalado por la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica en sus respectivas intervenciones;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Nº 6000-MEGC-2011, LA SUBSECRETARIA DE INCLUSIÓN ESCOLAR
Y COORDINACIÓN PEDAGGICA
RESUELVE
Artículo 1.- Modifícase el artículo 2 de la Resolución N 112/MEGC/11 el cual queda redactado de acuerdo con el siguiente texto: Establécese que el título de egreso será el de Fotógrafo Creativo.
Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese por copia a las Subsecretarias de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica y de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos del Ministerio de Educación, a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Privada, de Planeamiento Educativo, de Administración de Recursos, de Coordinación Legal e Institucional y a la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento Docente. Cumplido, archívese. Ravaglia

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 13/9/2011

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha13/09/2011

Nro. de páginas234

Nro. de ediciones5623

Primera edición06/08/1996

Ultima edición08/07/2024

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