Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/5/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3668 - 20/05/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N44

Por el o, en uso de las facultades que le son propias EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º.- Créase una Comisión de análisis de las actividades de prevención, registro y atención en materia de oncología en el Sistema de Salud del Gobierno de la Ciudad, que dependerá de este Ministerio.
Artículo 2º.- La Comisión será coordinada por el Dr. Gustavo Jankilevich, Jefe de Oncología del Hospital Carlos G. Durand, y estará integrada por los siguientes profesionales:
Dr. Mario Simonetti Hospital Argerich Dr. Oscar Duarte Hospital Santojanni Dra. Karina OLeary Hospital Durand Dr. Adolfo Marantz Hospital Fernández Dra. Irma Martinez Lazzarini Hospital Pirovano Dra. Alicia Elli Hospital Ramos Mejía Dr. Gustavo De Simone Hospital Udaondo Dra. Claudia Bagnes Hospital Tornú Dr. Patricio Serventi Hospital Álvarez Dra. Clelia Vico Hospital Penna Dr. Anibal Gil Hospital Piñero Dr. Alberto Zori Comba Hospital Zubizarreta Dr. Guillermo Temperley Hospital Curie Dr. Enrique Roca Hospital Udaondo Artículo 3º.- Serán objetivos de la Comisión:
a Relevar los recursos existentes y las actividades en desarrollo destinados a la prevención y atención oncológica en los efectores del Gobierno de la Ciudad;
b Analizar la situación actual en materia de registros de tumores en el ámbito de la Ciudad;
c Efectuar una propuesta operativa con respecto a la participación de la Ciudad en el Instituto Nacional del Cáncer creado por Decreto 1286-PEN-2010.
Artículo 4º.- Facúltase al coordinador de la Comisión a incorporar a la misma a otros profesionales cuya participación resulte adecuada a los objetivos.
Artículo 5º.- A todos los efectos, el Dr. Gustavo Jankilevich mantiene la representación encomendada por este Ministerio ante las autoridades del Instituto Nacional del Cáncer.
Artículo 6º.- La Comisión deberá elevar un informe completo en relación con sus objetivos dentro del plazo de 90 noventa días del inicio de sus actividades.
Artículo 7º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás fines, pase a la Subsecretaría de Atención Integrada de Salud, a las Direcciones Generales Región Sanitaria I, II, III y IV, y notifíquese a los interesados. Lemus
Ministerio de Educación RESOLUCIÓN N. 4923/MEGC/10.
Buenos Aires, 22 de septiembre de 2010
VISTO:
Carpeta N 127.145-MEGC/10, y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/5/2011

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha20/05/2011

Nro. de páginas193

Nro. de ediciones5635

Primera edición06/08/1996

Ultima edición25/07/2024

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