Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/12/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3561 - 10/12/2010

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N113

Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, mediante Informe Nº 73-CPUAM-2009
considera que no existen inconvenientes, desde el punto de vista urbanístico para acceder a la localización de lo solicitado;
Que el Área Técnica competente a través del Dictamen Nº 814-DGIUR-2009, toma conocimiento de lo expuesto por el Consejo del Plan Urbano Ambiental.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas, EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización de los usos Comercio minorista de artículos del hogar; Comercio minorista de ferretería, herrajes, repuestos, materiales eléctricos, en el inmueble sito en la Av. Eva Perón Nº 2376, Planta Baja, con una superficie a habilitar de 53,62m Cincuenta y tres metros cuadrados con sesenta y dos decímetros cuadrados, debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes. De no hacerlo caducara de pleno derecho lo autorizado precedentemente.
Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese copia de la presente al recurrente.
Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma
DISPOSICION N.º 317/DGIUR/09.
Buenos Aires, 30 de abril de 2009
VISTO:
El Expediente Nº 63.684/2007 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos Restaurante, Cantina, pizzería, grill, bar, café, wiskería, cervecería, lácteos, heladería, etc., casa de fiestas privadas, en el local sito en el Complejo denominado Costa Salguero, Rafael Obligado Nº 1221, Jerónimo Salguero s/n, Sector Nº 10B, con una superficie a habilitar de 301,42m, y CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado a los Distritos UP y UF de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007 BOCBA Nº 2.772. Quedando los usos solicitados, ubicados en los dos distritos;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen Nº 817-DGIUR-2009, indica que de acuerdo al Código mencionado y a los antecedentes obrantes en el organismo competente, se informa que:
En relación al Distrito UP corresponde a zonas destinadas a espacios
verdes o parquizados de uso público.
El Distrito UF corresponde a terrenos de propiedad pública, aún no
urbanizados u ocupados por instalaciones y usos pasibles de remoción futura, etc.
En este caso los terrenos resultan de propiedad pública y ya se
encuentran ocupados por una variedad de usos comerciales, recreativos y de servicios,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/12/2010

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha10/12/2010

Nro. de páginas204

Nro. de ediciones5639

Primera edición06/08/1996

Ultima edición31/07/2024

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