Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 1/10/2010
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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N 3516 - 01/10/2010
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N130
valor agregado AFIP. En caso de prestar conformidad a los ajustes efectuados, deberá abonar el impuesto resultante con más los recargos correspondientes que establece el artículo 63 Del Código Fiscal T.o 2008, dentro de los 15 días posteriores al plazo anteriormente mencionado. Caso contrario dichas diferencias se considerarán como no conformadas. Diferencias de carácter parcial.
Adriana Miriam Dituri Inspector Fiscal F.C. 353.621
Ricardo R. Vegas Subdirector General de Fiscalización
EO 1877
Inicia: 1º-10-2010
Vence: 5-10-2010
Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Notificación - Resolución Nº 272-PD/09
El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber a los Sres. Casimiro Jorge Reyes DNI 16.029.432 y Coloca Mónica Gladys DNI
14.997.752 que por Resolución Nº 272-PD/09 de fecha 1º/6/09, se ha procedido a rescindir el Boleto de Compraventa suscripto con fecha 5/5/92 correspondiente a la U.C. Nº 77.040 Block 3, Piso 1 Dto. D, por trasgresión de lo dispuesto en su cláusula Tercera 3º y Octava 8º en los términos de las cláusulas Sexta 6º y Décima Segunda 12º conforme lo actuado en la Nota Nº 4.343-IVC/06 y agrs.
Se hace saber asimismo a los interesados, que la Resolución dictada es susceptible de impugnación por vía de los recursos de reconsideración y/o Jerárquico en subsidio que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez 10 y quince 15 días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente de la notificación respectiva conf. Arts. 103, 107 y subsiguientes y concs. del Decreto Nº 1510/CABA/97 quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá a su exclusivo criterio, interponer Recurso de alzada conforme lo dispuesto en el art.
113 del mencionado Decreto.
La presente notificación se tendrá por cumplida a los cinco 5 días, computados desde el día siguiente al de la última publicación art. 62 del Decreto citado.
Gustavo D. García Gerente de Coordinación General Legal y Técnica Responsable de la Gerencia de Asuntos Jurídicos EO 1873
Inicio: 29-9-2010
Vence: 1-10-2010